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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 14 Viernes, 19 de enero de 2018 Pág. 4443

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 27 de diciembre de 2017 por la que se notifica el traslado del acuerdo de incoación de expediente de reposición de la legalidad urbanística derivado del expediente PON/352/2016-RP1.

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística acordó, el 27 de julio de 2017, incoar expediente de reposición de la legalidad urbanística en relación con las obras consistentes en la construcción de una estructura de hormigón y columnas de piedra, solera de hormigón, caseta y instalación de dos caravanas, en el lugar de Bouza, en el término municipal de Oia, provincia de Pontevedra.

Al no poder realizarse la notificación personal de aquel acuerdo a Uwe Lange de la Fuente Torres y Marcela Georgina de la Fuente Torres, mediante la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se le notifica a los interesados dicho acuerdo por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se hace saber a los interesados que el texto íntegro de acuerdo que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Axencia de Protección da Legalidade Urbanística sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Los interesados dispondrán de un plazo de quince (15) días hábiles para alegar y presentar los documentos e informaciones que estimen pertinentes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de los que pretendan valerse.

Para que conste, y les sirva de notificación a los citados interesados en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 27 de diciembre de 2017

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística
P.S. (Artículo 3 del Decreto 51/2008, de 6 de marzo)
José María Domínguez Blanco
Subdirector de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística