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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 14 Viernes, 19 de enero de 2018 Pág. 4441

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 26 de diciembre de 2017 por la que se notifica la declaración de caducidad del expediente de reposición de la legalidad urbanística PON/407/2016.

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística acordó, el 23 de noviembre de 2017, declarar la caducidad del expediente de reposición de la legalidad urbanística PON/407/2016 y el archivo de las actuaciones con los efectos previstos en el artículo 95 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, por las obras de construcción de una vivienda auxiliar, en el lugar de Canai, Perdecanai, en el término municipal de Barro, provincia de Pontevedra.

Al no poder realizarse la notificación personal de aquel acuerdo a Álvaro Collazo Fernández mediante la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se le notifica al interesado dicha resolución por medio de un anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Habida cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre el acto no se publica en su integridad, se comunica al interesado que el texto íntegro de la declaración de caducidad que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, sita en el Edificio Witland, 1ª planta, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo la notificación se entenderá producida.

Contra la declaración de caducidad, que pone fin a la vía administrativa, los interesados pueden interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de esta cédula, ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no ejercitan su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, pueden interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa.

Para que conste y sirva de notificación al citado interesado en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 26 de diciembre de 2017

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística
P.S. (Artículo 3 del Decreto 51/2008, de 6 de marzo)
José María Domínguez blanco
Subdirector de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística