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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 235 Miércoles, 13 de diciembre de 2017 Pág. 56279

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO de notificación de sentencia (587/2015).

Yo, María Adelaida Egurbide Margañón, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber:

Que en el procedimiento ordinario 587/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Benigno Vázquez Añón, Carlos Roberto Babio Urquidi contra la empresa Prosenorsa, S.L., administracion concursal Prosenorsa, S.L., adminstracion concursal Segur Ibérica, S.A., Segur Ibérica, S.A., Fogasa, sobre ordinario, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo dicen:

«Sentencia

A Coruña a diecisiete de noviembre de dos mil diecisiete.

Jorge Hay Alba, magistrado del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, habiendo visto los presentes autos seguidos en este juzgado con el nº 587/2015, siendo parte en el mismo, de un lado como demandantes Benigno Vazquez Añón, asistido por el letrado José Daniel Pérez López y Carlos Roberto Babío Urquidi, representado por el letrado José Daniel Pérez López, y como demandados Protección y Seguridad del Noroeste, S.L. (Prosenorsa) y Segur Ibérica, S.A., que no comparecen, con intervención procesal de la administracion concursal de Prosenorsa, S.L., la administracion concursal de Segur Ibérica, S.A. y Fogasa, que no comparecen, sobre cantidades, ha pronunciado en nombre del rey, la siguiente sentencia:

«Fallo

Que, estimando en parte la demanda interpuesta por los actores Carlos Roberto Babío Urquidi y Benigno Vazquez Añón, con citación del Fogasa, debo condenar y condeno a la empresa Protección y Seguridad del Noroeste, S.L. (Prosenorsa) a que abone 1.073,16 € a favor del Sr. Babío y 1.218,70 € a favor del Sr. Vázquez, con absolución de los restantes demandados.

Notifíquese esta resolución a las partes, a las que se hará saber que contra la misma no cabe recurso de suplicación.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Prosenorsa, S.L., expido la presente para su inserción Diario Oficial de Galicia (DOG).

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 17 de noviembre de 2017

La letrada de la Administración de justicia