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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 232 Jueves, 7 de diciembre de 2017 Pág. 55603

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 3801/2017).

Tipo y número de recurso: recurso de suplicación 3801/2017

Juzgado de origen/autos: despido objetivo individual 1108/2016. Juzgado de lo Social número 5 de Vigo

Recurrente: Fogasa

Abogado/a: letrado del Fogasa

Recurridos: Eurolinings, S.L., Alcides Antonio Filgueira Fernández, Cipriano Miguel Correira Gonçalves, administración concursal de Eurolinings (Ana Escobedo Sela)

Abogado/a: Henrique Landesa Martínez, Ana Escobedo Sela

Yo, María Isabel Freire Corzo, letrada de la Administración de justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 3801/2017 seguido a instancia del Fogasa contra Eurolinings, S.L., Alcides Antonio Filgueira Fernández, Cipriano Miguel Correira Gonçalves, administración concursal de Eurolinings (Ana Escobedo Sela), sobre despido disciplinario, se ha dictado la siguiente resolución que, copiada en los particulares necesarios, dice:

Fallamos que, desestimando el recurso de suplicación interpuesto por la representación del Fondo de Garantía Salarial contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 5 de Vigo, de 7 de julio de 2017, debemos confirmar íntegramente la resolución recurrida.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina, que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá efectuar:

– El depósito de 600 euros en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el número 1552 0000 37, seguida de cuatro dígitos correspondientes al número del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena, deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37, o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo observaciones o concepto de la transferencia los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 37 **** ++).

Y para que sirva de notificación en legal forma a Eurolinings, S.L. con último domicilio conocido en Ríos, Teis, Vigo (Pontevedra), y actualmente en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el DOG y se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 14 de noviembre de 2017

La letrada de la Administración de justicia