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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 231 Martes, 5 de diciembre de 2017 Pág. 55401

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (ETJ 249/2017).

Yo, María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales 249/2017 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Juana Vilma Chumpitaz Hernández contra Gerisantiago Sociosanitaria, S.L., Fogasa, se han dictado las siguientes resoluciones, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Auto.

Magistrada jueza: Paula Méndez Domínguez.

Santiago de Compostela, catorce de noviembre de dos mil diecisiete.

Parte dispositiva.

Dispongo:

– Despachar orden general de ejecución de la sentencia número 374/2017, de fecha 1 de septiembre de 2017, dictada en el procedimiento ordinario 979/2014 a favor de la parte ejecutante, Juana Vilma Chumpitaz Hernández, frente a Gerisantiago Sociosanitaria, S.L., Fogasa, parte ejecutada, por importe de 50.034,51 euros en concepto de principal (salarios, vacaciones, horas extras y nocturnas, 12.803,57 euros en concepto de intereses del artículo 29.3 del ET respecto de la cantidad anterior y 200 euros en concepto de honorarios de letrado), más otros 5.003,45 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, se puedan devengar durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

– Respecto a los oficios solicitados en el otrosí digo de la demanda, remítase testimonio de la sentencia dictada en el procedimiento ordinario 979/14 a la Tesorería General de la Seguridad Social y a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

En cuanto a la averiguación patrimonial del ejecutado, se practicará en el momento procesal oportuno.

Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órgano judicial en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su notificación.

Así lo acuerda y firma la jueza. Doy fe.

La jueza. La letrada de la Administración de justicia.

Decreto.

Letrada de la Administración de justicia: María Teresa Vázquez Abades.

Santiago de Compostela, catorce de noviembre de dos mil diecisiete.

Parte dispositiva.

Acuerdo, en cumplimiento del requisito que se contiene en el artículo 276.3 y previo a la estimación en la presente ejecutoria de la pervivencia de la declaración de insolvencia de la parte ejecutada Gerisantiago Sociosanitaria, S.L., dar audiencia previa a la parte actora Juana Vilma Chumpitaz Hernández y al Fondo de Garantía Salarial, por término de quince días para que puedan señalar la existencia de nuevos bienes, y de su resultado se acordará lo procedente.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 188 de la LJS).

La letrada de la Administración de justicia.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Gerisantiago Sociosanitaria, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 14 de noviembre de 2017

La letrada de la Administración de justicia