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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 231 Martes, 5 de diciembre de 2017 Pág. 55389

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO de notificación de sentencia (RSU 3690/2017 CG).

Tipo y nº de recurso: RSU recurso de suplicación 3690/2017

Juzgado de origen/autos: despido/ceses en general 492/2016 Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

Recurrente: Federico Jiménez Tajuelo

Abogada: María Alvela Vázquez

Recurridos: Fogasa, A&V Cambre Construcciones, S.L.

Abogado/a: letrado del Fogasa

Yo, María Isabel Freire Corzo, letrada de la Administración de justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento del recurso de suplicación 3690/2017, seguido a instancia de Federico Jiménez Tajuelo contra A&V Cambre Construcciones, S.L. y Fogasa sobre despido disciplinario, se ha dictado la siguiente resolución que copiada en los particulares necesarios dice:

«Fallamos que, estimando el recurso de suplicación interpuesto por Federico Jiménez Tajuelo, contra la sentencia del juzgado de lo social número 2 de A Coruña en juicio instado por el recurrente contra la empresa A&V Cambre Construcciones, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, la Sala, rechazando la existencia de caducidad de la acción, anula la sentencia de instancia reponiendo las actuaciones al momento de su dictado para que por el juez de instancia se dicte nueva sentencia resolviendo el fondo del asunto con total libertad de criterio y acudiendo a los medios de prueba que estime oportunos.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el nº 1552 0000 37 seguida de los cuatro dígitos correspondientes al número del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena, deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37, o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “Observaciones” o “Concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 37 **** ++)».

Y para que sirva de notificación en legal forma a A&V Cambre Construcciones, S.L. cuyo último domicilio conocido era Rúa A Pena-Cabreira, Cesuras, y actualmente en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el DOG, y se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 9 de noviembre de 2017

La letrada de la Administración de justicia