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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 231 Martes, 5 de diciembre de 2017 Pág. 55391

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (2738/2017).

Yo, María Isabel Freire Corzo, letrada de la Administración de justicia de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento recurso de suplicación 2738/2017 de esta sección, seguido a instancia de César Valeiras Jiménez contra Fogasa, Newco Airport Services, S.A., y otros sobre otros derechos laborales, se ha dictado la siguiente resolución:

Estimamos, en parte, el recurso de suplicación formulado por el demandante César Valeiras Jiménez, contra la sentencia de fecha 27 de febrero de 2017, dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, en el procedimiento 613/2013 sobre reconocimiento de derecho y cantidad, revocando, en parte, la expresada resolución en el sentido de condenar a la empresa demandada a abonar al actor la cantidad de 7.011,37 euros, confirmándola en cuanto a los restantes pronunciamientos.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el nº 1552 0000 37 seguida de cuatro dígitos correspondientes al nº del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 35 o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo «observaciones o concepto de la transferencia» los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 35 **** ++).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Newco Airport Services, S.A., y Comisión de Mantenimiento del Ere, Juan Rafael Rial Souto y Francisco Javier Ramos Benito, en ignorado paradero, con último domicilio en Andalucía, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 9 de noviembre de 2017

La letrada de la Administración de justicia