Yo, Raquel Romero Iglesias, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Vilagarcía de Arousa, hago saber que en el presente procedimiento ordinario número 477/2011, seguido a instancia de Expansión Económica Empresarial, S.A. frente a Excavaciones y Construcciones San Salvador, S.L. y otros se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva establece:
«Que, desestimando la demanda interpuesta por la procuradora Margarita Pereira Rodríguez, en nombre y representación de Expansión Económica Empresarial, S.A., debo absolver y absuelvo a Carlos Fermín Rodríguez Otero, Leopoldo Ivorra Sáenz-Diez, Arch Insurance, Ges Seguros y Reaseguros, José Espiñeira Martínez y Construcciones San Salvador, S.L. de todos los pedimentos de la demanda, estimando la excepción de prescripción de la acción ejercitada, todo ello, con imposición de costas a la parte actora. Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra ella cabe recurso de apelación que debe interponerse en este juzgado en el plazo de los 20 días siguientes a su notificación y que será resuelto por la Audiencia Provincial de Pontevedra. Llévese testimonio de la presente resolución a los autos a que se refiere y el original al libro de sentencias que se lleva en este juzgado. Así por esta mi sentencia, juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo, Elena Isabel Moreira Lantes, jueza titular de este juzgado y de su partido judicial».
Y para que sirva de notificación en forma a Excavaciones y Construcciones San Salvador, se extiende el presente edicto.
Vilagarcía de Arousa, 3 de mayo de 2016