Yo, María Adelaida Egurbide Margañón, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 564/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Jesús Villares Roca contra la empresa Prosenorsa, S.L., administración concursal y el Fogasa, sobre ordinario, se ha dictado la sentencia cuyo fallo es el siguiente:
Fallo que, estimando la demanda interpuesta por el actor, Jesús Villares Roca, con citación del Fogasa, debo condenar y condeno a la empresa Prosenorsa, S.L. a que abone al actor la cantidad de 141,40 euros por los conceptos reclamados en la demanda.
Notifíquese esta resolución a las partes, a las que se hará saber que contra la misma no cabe recurso de suplicación.
Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Para que sirva de notificación en legal forma a Prosenorsa, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.
Se le advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
A Coruña, 7 de noviembre de 2017
La letrada de la Administración de justicia