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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 222 Miércoles, 22 de noviembre de 2017 Pág. 53558

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

ORDEN de 26 de octubre de 2017 de aprobación definitiva del Plan general de ordenación municipal de Trazo.

El Ayuntamiento de Trazo eleva, para su aprobación definitiva, el expediente del Plan general de ordenación municipal (PGOM), conforme a lo establecido en el artículo 85.7 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, al amparo de la disposición transitoria segunda de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia.

Analizada la documentación remitida por el Ayuntamiento y vista la propuesta literal que, en esta misma fecha, eleva la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, resulta lo siguiente:

I. Antecedentes.

I.1. Planeamiento municipal vigente.

En el Ayuntamiento de Trazo está actualmente en vigor el Plan general de ordenación municipal aprobado definitivamente en sesión plenaria de 17 de junio de 2000.

I.2. Figuras de ordenación del territorio con incidencia supramunicipal.

Consta la Resolución de 24 de julio de 2012 por la que se aprueba el proyecto sectorial de incidencia supramunicipal del parque eólico Pedras Longas (Diario oficial de Galicia de 5 de septiembre).

I.3. Tramitación.

1. El 17 de abril de 2013 se inicia en la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental el procedimiento de evaluación ambiental estratégica. En la fase de consultas del documento de inicio se recibió respuesta del ente público Augas de Galicia, de la Subdirección General de Residuos y Suelos Contaminados, de la Cámara Oficial Minera de Galicia y del Servicio de Montes de la Consellería del Medio Rural y del Mar.

2. En fecha 14 de junio de 2013 la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental emite el documento de referencia para la evaluación ambiental estratégica.

3. Al amparo del artículo 85.1 de la Ley de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia (LOUG), constan los informes municipales: técnico, de 12 de agosto de 2013, y de la Secretaría, de 14 de agosto de 2013, respecto de la conformidad del plan con la ordenación.

4. En fecha 3 de enero de 2014 la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo emitió informe previo a la aprobación inicial (en adelante, IPAI), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85.1 de la LOUG.

5. El 18 de julio de 2014 el Ayuntamiento Pleno de Trazo aprobó inicialmente el PGOM y lo sometió a información pública durante dos meses mediante anuncios en el Diario Oficial de Galicia (8.9.2014) y en los periódicos El Correo Gallego (19.8.2014) y La Voz de Galicia (20.8.2014). Después se publicó una corrección de errores de la aprobación inicial en el Diario Oficial de Galicia de 15 de octubre 2014, y en los periódicos La Voz de Galicia (26.9.2014) y El Correo Gallego (28.9.2014) y se amplió el plazo de información pública. Simultáneamente, se dio audiencia a los ayuntamientos limítrofes de Tordoia, Val do Dubra, Oroso y Santiago de Compostela y se solicitaron los informes sectoriales.

6. Mediante la Resolución de 19 de febrero de 2016 de la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental, se hace pública la memoria ambiental del PGOM de Trazo (DOG de 11.3.2016).

7. El Ayuntamiento Pleno de 18 de marzo de 2016, aprobó provisionalmente el PGOM, tras la emisión de los informes municipales: técnico, de 14 de marzo de 2016, y de la Secretaría, de 15 de marzo de 2016.

8. La Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio emitió orden sobre la aprobación definitiva del PGOM de Trazo el 1 de diciembre de 2016, denegando la aprobación definitiva y solicitando la corrección de una serie de deficiencias.

9. El Ayuntamiento Pleno de 31 de abril de 2017 aprueba provisionalmente el PGOM y lo remite a la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio para su aprobación definitiva.

10. El 29 de mayo de 2017 la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo requirió al Ayuntamiento de Trazo para la obtención de un informe complementario favorable respecto de las condiciones señaladas por el organismo Augas de Galicia en su informe de 12 de febrero de 2015, suspendiendo el plazo para resolver sobre la aprobación definitiva.

11. El 16 de octubre de 2017 tuvo entrada ese informe complementario de Augas de Galicia.

II. Análisis y consideraciones.

Después de analizar la documentación del Plan general de ordenación municipal de Trazo, elaborada por OAU Oficina de Arquitectura, Urbanismo y Planificación, S.L.P., fechada en marzo de 2017, aprobada provisionalmente por el Pleno del Ayuntamiento de 31 de abril de 2017, se pudo verificar el cumplimiento de las deficiencias señaladas en la anterior Orden de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de 1 de diciembre de 2016, si bien hace falta señalar las siguientes puntualizaciones:

1. Según los informes de Augas de Galicia de 12 de febrero de 2015 y complementario de 16 de octubre de 2017, se deberá incluir en el documento la codificación de los cauces y las captaciones de abastecimiento humano de las zonas protegidas.

2. En función de la demanda que se justifique por el estudio de viabilidad establecido en la ficha del suelo urbanizable industrial SUD-1, el plan parcial que lo desarrolle deberá dividir el sector en más de un polígono de ejecución, quedando condicionada la ejecución de los sucesivos polígonos a la colmatación de los anteriores.

3. Al amparo del artículo 32.2.a) de la LOUG, los terrenos objeto de concentración parcelaria a partir de la entrada en vigor de esa ley y los concentrados con resolución firme en los diez años anteriores a esta fecha deberán ser categorizados como suelo rústico de protección agropecuaria.

La competencia para resolver sobre la aprobación definitiva del planeamiento general corresponde a la conselleira de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 61 y 83.5 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y en los artículos 1 y 4 del Decreto 167/2015, de 13 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en relación con el Decreto 177/2016, de 15 de diciembre, por el que se fija la estructura orgánica de la Vicepresidencia y de las consellerías de la Xunta de Galicia.

III. Resolución.

En consecuencia, y visto lo que antecede,

RESUELVO:

1. Otorgar la aprobación definitiva al Plan general de ordenación municipal de Trazo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 85.7.a) de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, con sujeción al cumplimiento de las condiciones señaladas en el apartado II anterior.

2. De conformidad con el artículo 88 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y el artículo 212.1 del Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo inscribirá de oficio el Plan general de ordenación municipal del ayuntamiento de Trazo en el Registro de Planeamiento Urbanístico de Galicia.

3. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 82 y 88.4 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, el Ayuntamiento deberá publicar en el Boletín Oficial de la provincia la normativa y las ordenanzas del PGOM aprobado definitivamente, una vez inscrito en el Registro de Planeamiento Urbanístico.

4. Notifíquese esta orden al Ayuntamiento y publíquese en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 199.2 del Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 2/2016, de 10 de febrero.

5. Contra esta orden cabe interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses que se contarán desde el día siguiente al de su publicación, según disponen los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 26 de octubre de 2017

Beatriz Mato Otero
Conselleira de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio