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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 219 Viernes, 17 de noviembre de 2017 Pág. 52807

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social, Sección Primera)

EDICTO (2686/2017).

Tipo y nº de recurso: RSU recurso suplicación 2686/2017. BC

Juzgado de origen/autos: despido/ceses en general 470/2016 Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

Recurrente: Fernando Filgueira Pérez

Abogado: Xavier Castro Martínez

Recurrido: Ambunova Servicios Sanitarios, S.L.U.

Yo, M. Asunción Barrio Calle, letrada de la Administración de justicia de la Sección Primera de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento recurso suplicación 2686/2017 de esta sección, seguido a instancia de Fernando Filgueira Pérez contra Ambunova Servicios Sanitarios, S.L.U., sobre despido disciplinario, se ha dictado la siguiente resolución:

«Fallamos:

Que estimando el recurso de suplicación interpuesto por la representación procesal de la parte actora contra la sentencia de fecha 27 de diciembre de 2016, dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de los de Santiago, en proceso promovido por Fernando Filgueira Pérez, frente a la empresa Ambunova Servicios Sanitarios, S.L.U., debemos revocar y revocamos en parte la sentencia y fijando un salario regulador en la cantidad de 1.593,99 euros elevamos el importe de la indemnización a la cantidad de 3.736,73 euros, otorgando de nuevo la opción a la empresa entre la readmisión del trabajador y la extinción del contrato con abono de la referida indemnización y, todo ello, en el plazo de cinco días a partir de la notificación de esta sentencia, y manteniendo en el resto los pronunciamientos de la sentencia de instancia.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el número 1552 0000 37 seguida de cuatro dígitos correspondientes al nº del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 35 o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “observaciones ó concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 ó 35 **** ++).

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Ambunova Servicios Sanitarios, S.L.U., en ignorado paradero, expido este edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 24 de octubre de 2017

La letrada de la Administración de justicia