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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 210 Lunes, 6 de noviembre de 2017 Pág. 51271

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (236/2015).

Yo, Marta Yanguas del Valle, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 Refuerzo de A Coruña, hace saber que en el procedimiento ordinario 236/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Fundacion Laboral de la Construcción contra Interesteel Solutions, S.L.L., Fogasa, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución del tenor literal siguiente:

Juez: Javier López Cotelo

Procedimiento: reclamación de cantidad número 236/2015

Demandante: Fundación Laboral de la Construcción

Letrado: Sr. Caseiro Gómez

Demandado: Interesteel Solutions, S.L.

Letrado:

Fogasa

Letrada:

Sentencia 546/17.

A Coruña, 9 de octubre de 2017.

Fallo.

Estimo la demanda formulada por Fundación Laboral de la Construcción frente a Interesteel Solutions, S.L. y, en consecuencia, condeno a esta a abonar a la primera la suma de 248,57 euros por los conceptos antes referidos.

El Fogasa deberá pasar por lo resuelto en la presente resolución.

Inscríbase la presente resolución en el libro de sentencias dejando testimonio de la misma en el presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiéndoles que contra ella no cabe recurso alguno.

Así lo pronuncio, mando y firmo».

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por el magistrado juez que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la letrada de la Administración de justicia, doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Interesteel Solutions, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 9 de octubre de 2017

La letrada de la Administración de justicia