Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 210 Lunes, 6 de noviembre de 2017 Pág. 51269

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (511/2015).

Yo, Marta Yanguas del Valle, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de Refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 511/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Juan Carlos Ruiz Barba contra Puzzlegoldacerox, S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Juez: Javier López Cotelo

Procedimiento: reclamación de cantidad número 511/2015

Demandante: Juan Carlos Ruiz Barba

Letrado: Sr. Méndez Sanjurjo

Demandados: Puzzlegoldacerox, S.L. y el Fogasa

Sentencia 508/2017.

A Coruña, 27 de septiembre de 2017.

Fallo:

Estimo la demanda formulada por Juan Carlos Ruiz Barba frente a Puzzlegoldacerox, S.L. y, en consecuencia, condeno a ésta a abonar al primero la suma total de 7.331,53 euros brutos (5.471,16 euros netos) en concepto de salarios devengados y no satisfechos, así como el interés del artículo 29.3 del ET.

El Fogasa deberá pasar por lo resuelto en la presente resolución y su eventual responsabilidad será dentro de los límites legales que procedan.

Inscríbase la presente resolución en el libro de sentencias y déjese testimonio de la misma en el presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiéndoles que contra ella se podrá interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución por comparecencia o mediante escrito, pasados los cuales se declarará firme y se procederá a su archivo.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Puzzlegoldacerox, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 27 de septiembre de 2017

La letrada de la Administración de justicia