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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 204 Jueves, 26 de octubre de 2017 Pág. 49904

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (216/2017).

Yo, María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber:

Que en el procedimiento de despido/ceses en general 216/2017 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Dolores Plata Pais contra José Manuel Muíño Sánchez y Fogasa, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución cuyo fallo expresa:

«Que estimando la demanda formulada por Dolores Platas Pais contra José Manuel Muíño Sánchez, declaro la improcedencia de su despido y extinguida la relación laboral con efectos de la fecha de esta sentencia, y condeno a la empresa demandada a que le abone la cantidad de 2.450,53 euros en concepto de indemnización calculada a razón de 44,56 euros/día, así como los salarios de tramitación desde la fecha del despido, 10 de marzo de 2017, hasta la fecha de esta sentencia, por importe de 9.090,24 euros; todo ello sin perjuicio de las responsabilidades legales del Fogasa.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG), el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante dentro del indicado plazo».

Así lo acuerda, manda y firma Ana María Souto González, magistrada jueza de refuerzo del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela.

Y para que sirva de notificación en legal forma a José Manuel Muíño Sánchez, en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 5 de octubre de 2017

La letrada de la Administración de justicia