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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 204 Jueves, 26 de octubre de 2017 Pág. 49902

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (ETJ 223/2014).

Yo, María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales 223/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Ignacio Lamela Lago, Manuel Felipe Caamaño Rama y Roberto López Fernández contra Lamela Pérez, S.L., Manuel Lamela Pérez y Fogasa, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

«Decreto.

Santiago de Compostela, 19 de septiembre de 2017.

Parte dispositiva.

Acuerdo:

a) Declarar a los ejecutados Lamela Pérez, S.L. y Manuel Lamela Pérez en situación de insolvencia parcial por importe de 88.942,07 euros en concepto de principal (José Ignacio Lamela Lago: 36.502,58 euros (32.337,54 euros en concepto de indemnización, 3.415,50 euros en concepto de salarios y 794,54 euros en concepto de intereses del artículo 29.3 del ET); Manuel Felipe Caamaño Rama: 50.172,17 euros (39.172,17 euros en concepto de indemnización y 10.329,12 euros en concepto de salarios); Roberto López Fernández: 2.267,32 euros en concepto de salarios, más otros 8.894,20 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses y costas que puedan derivarse de la ejecución, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional).

b) Archivar las actuaciones previa anotación en el libro correspondiente, sin perjuicio de reaperturar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

c) Una vez firme la presente resolución, procédase a su inscripción en el registro correspondiente.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 188 de la LJS).

La letrada de la Administración de justicia».

Y para que sirva a efectos publicitarios la declaración de insolvencia de Manuel Lamela Pérez, procédase a su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 4 de octubre de 2017

La letrada de la Administración de justicia