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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 199 Jueves, 19 de octubre de 2017 Pág. 48815

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO de notificación de sentencia (RSU 1584/2017-RMR).

Tipo y nº de recurso: RSU recurso de suplicación 1584/2017

Juzgado de origen/autos: seguridad social 245/2015 Juzgado de lo Social número 1 de A Coruña

Recurrentes: Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo

Abogada: Sonsoles María Sueiro Lemus

Recurridos: Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social y Antonio Albarracín López

Yo, María Isabel Freire Corzo, letrada de la Administración de justicia de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que, estimando el recurso de suplicación interpuesto por la Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de A Coruña, en juicio instado por la recurrente contra Antonio Albarracín López, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, la sala la revoca y, estimando la demanda, condenamos al Instituto Nacional de la Seguridad Social a reintegrar a la Mutua la cantidad de 35.194,95 € más los intereses legales que legalmente procedan.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina, que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social, deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el nº 1552 0000 37, seguida de cuatro dígitos correspondientes al número del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena, deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 35, o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “observaciones” o “concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 35 **** ++).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal, incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Antonio Albarracín López, en ignorado paradero, con último domicilio en Andalucía, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 22 de septiembre de 2017

La letrada de la Administración de justicia