Álvaro Garrido Rodríguez, letrado de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Ourense, por el presente edicto anuncia que en el procedimiento ordinario número 29/2017 seguido a instancia de Comercial Rafael, S.L., representada por la procuradora Marta Ortiz Fuentes, frente a Logística Nusa, S.L., se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
«Vistos por mí, Ana María Gómez Bande, magistrada jueza del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Ourense, los presentes autos de juicio ordinario seguidos ante este juzgado bajo el número 29 del año 2017, a instancia de la procuradora Sra. Ortiz Fuentes, en nombre y representación de Comercial Rafael, S.L., y asistida por el letrado Sr. Gundín Fernández, en sustitución de su compañero el letrado Sr. Varela Pintos, y como demandada Logística Nusa, S.L., en situación de rebeldía procesal, constando en las actuaciones sus circunstancias personales.
Fallo estimar la demanda interpuesta por la Sra. Ortiz Fuentes, en nombre y representación de Comercial Rafael, S.L., y asistida por el letrado Sr. Gundín Fernández, en sustitución de su compañero el letrado Sr. Varela Pintos, y como demandada Logística Nusa, S.L., en situación de rebeldía procesal, y condeno a la demandada a abonar a la parte actora la cantidad de 9.993,44 euros más los intereses, según lo dispuesto en el fundamento jurídico tercero in fine, y costas procesales. Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».
Y encontrándose dicha demandada, Logística Nusa, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente edicto a fin de que sirva de notificación en forma a la misma, con indicación de que la misma no es firme y contra ella cabe recurso de apelación.
Ourense, 26 de junio de 2017
El letrado de la Administración de justicia