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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 198 Miércoles, 18 de octubre de 2017 Pág. 48646

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 3 de Ourense

EDICTO (58/2012).

Yo, Francisco Javier Crespo Martín, secretario judicial del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Ourense, por el presente,

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En el presente procedimiento ordinario seguido a instancia de Finanzia Banco de Crédito, S.A. frente a Juan Carlos Pérez Suárez y Activo Comunicaciones Integrales Marítimas, S.L. se ha dictado sentencia cuyo tenor literal es el siguiente:

«Sentencia

En Ourense, a 27 de junio de 2012.

Vistos por María José González Movilla, magistrada jueza del Juzgado de Primera Instancia número 3 de los de Ourense y su partido judicial, los presentes autos de juicio ordinario 58/2012, sobre reclamación de cantidad, promovidos a instancia de la compañía Finanzia Banco de Crédito, S.A., representada por la procuradora Sra. Enríquez Martínez, asistida por el letrado Sr. Baltar Pombo, contra la entidad Activo Comunicaciones Integrales Marítimas Automatismos y Telecomunicaciones, S.L. y Juan Carlos Pérez Suárez, ambos en situación de rebeldía en este procedimiento.

Siguen antecedentes de hecho y fundamentos jurídicos.

Fallo que, estimando la demanda formulada por la representación de la compañía Finanzia Banco de Crédito, S.A. contra la entidad Activo Comunicaciones Integrales Marítimas Automatismos y Telecomunicaciones, S.L. y Juan Carlos Pérez Suárez, debo condenar y condeno a los demandados a abonar a la actora la cantidad de cincuenta y cinco mil quinientos veinte euros y treinta y dos céntimos más los intereses devengados por dicha cantidad calculados al tipo pactado en el contrato, imponiéndoles expresamente el pago de las costas procesales.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en la forma prevista en el artículo 455 y siguientes de la Ley de enjuiciamiento civil.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Encontrándose dichos demandados, Juan Carlos Pérez Suárez, Activo Comunicaciones Integrales Marítimas, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a los mismos.

Ourense, 1 de junio de 2016

El secretario judicial