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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 167 Lunes, 4 de septiembre de 2017 Pág. 41545

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 5 de Ferrol

EDICTO (193/2017).

Yo, María del Carmen Fernández Matas, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Ferrol, hago saber que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la LEC por el presente se notifica a Zandra María Atehortúa Upegui la sentencia número 193/2017, dictada en fecha 27 de junio del año en curso, cuyo fallo se reproduce a continuación:

«Fallo:

Que estimando íntegramente la demanda de divorcio interpuesta por Esteban Ventureira Amoedo, que comparece representado por la procuradora Sra. Pereira de Vicente y asistido por el letrado Sr. Porteiro Uribarri, contra Zandra María Atehortúa Upegui, en situación de rebeldía procesal, debo acordar y acuerdo:

1º. La disolución del matrimonio formado por Esteban Ventureira Amoedo y Zandra María Atehortúa Upegui (que figura inscrito en el Registro Civil de Ferrol en el tomo 114, página 453, sección 2ª), con todos los efectos inherentes a dicha declaración.

2º. La revocación de poderes y consentimientos que se hubieren otorgado y aún vigentes, con todos los efectos inherentes a tal pronunciamiento, con disolución del régimen económico ganancial en virtud de lo dispuesto en el artículo 1392.1 del CC.

3º. No se efectúa especial pronunciamiento sobre costas procesales, vista la naturaleza del proceso y las cuestiones debatidas en este.

Ofíciese al registro civil correspondiente para la práctica de los asientos que sean necesarios.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra ella podrá interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de A Coruña, en el plazo de veinte días contados a partir del siguiente a su notificación».

Así, lo pronuncia, manda y firma, Montserrat Matos Salgado, jueza sustituta del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Ferrol.

Ferrol, 27 de junio de 2017

La letrada de la Administración de justicia