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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 161 Viernes, 25 de agosto de 2017 Pág. 40565

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (1273/2014).

Yo, Marta Yanguas del Valle, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 de refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento sobre seguridad social 1273/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Construcciones Cabanas y Romay, S.C. contra Manuela Blanco Domínguez, Guillermo García Blanco, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, Promar Orzán, S.L. (antes Promogal Siglo XXI, S.L.), la administración concursal Promar Orzán (Isaías González García) y el Fogasa, sobre seguridad social, se ha dictado la siguiente resolución, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«Sentencia número 424/2017.

A Coruña, 19 de julio de 2017.

Fallo:

Desestimo la demanda formulada por Construcciones Cabanas y Romay, S.C. frente al INSS, Guillermo García Blanco, Manuela Blanco Domínguez y Promar Orzán, S.L. y, en consecuencia, confirmo íntegramente la resolución del INSS sobre recargo de prestaciones en la que se fijó que el recargo ha de ser del 30 %.

Inscríbase la presente resolución en el libro de sentencias y déjese testimonio de la misma en el presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra ella se podrá interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución por comparecencia o mediante escrito, pasados los cuales se declarará firme y se procederá a su archivo.

Así lo pronuncio, mando y firmo».

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por la magistrada jueza que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la letrada de la Administración de justicia, doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Promar Orzán (antes Promogal Siglo XXI), en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 19 de julio de 2017

La letrada de la Administración de justicia