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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 156 Viernes, 18 de agosto de 2017 Pág. 39793

IV. Oposiciones y concursos

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

RESOLUCIÓN de 14 de julio de 2017, de la Dirección General de Administración Local, por la que se publica la convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo de interventor adjunto del Ayuntamiento de Vigo, entre funcionarios con habilitación de carácter nacional.

El Ayuntamiento de Vigo solicitó, tras la tramitación del oportuno expediente al amparo de lo dispuesto en el artículo 28 del Real decreto 1732/1994, de 29 de julio, y en el artículo 37 del Decreto 49/2009, de 26 de febrero, a la Dirección General de Administración Local la publicación de la convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de interventor adjunto, reservado a funcionarios/as de Administración local con habilitación de carácter nacional en los siguientes términos:

El jefe del Servicio de Régimen Jurídico y Gestión de Funcionarios con Habilitación Nacional, habida cuenta la normativa aplicable (Real decreto 1732/1994, de 29 de julio, en virtud del mandato recogido en la disposición transitoria VII de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, así como por el Decreto 49/2009, de 26 de febrero, sobre ejercicio de competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia respecto de los funcionarios con habilitación de carácter nacional), tras el examen de la solicitud emitió el correspondiente informe propuesta que cuenta con el visto bueno de la subdirectora de Régimen Jurídico Local, favorable a la publicación de la convocatoria solicitada.

En base al informe propuesta señalado y teniendo en cuenta las competencias conferidas por el artículo 15.e) de la Ley 2/2015, de 29 de abril, de empleo público de Galicia, y el artículo 1.6 de la Orden de 14 de mayo de 2013, sobre delegación de competencias (DOG núm. 92, de 15 de mayo)

RESUELVO:

Primero. Publicar las bases de la convocatoria que figuran como anexo a esta resolución, para la provisión por el sistema de libre designación, del puesto de interventor adjunto, reservado a funcionarios/las de Administración local con habilitación de carácter nacional con el siguiente extracto:

Ayuntamiento: Vigo.

Puesto: interventor adjunto.

Subescala: intervención-tesorería.

Categoría: superior.

Forma provisión: libre designación.

Nivel complemento destino: 30.

Complemento específico: 42.102,76 €/anuales.

Requisitos: los recogidos en las bases que figuran adjuntas.

Segundo. Publicar esta resolución en el DOG y remitir la publicación a la Dirección General de Función Pública a efectos de su publicación en el BOE.

Tercero. La presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá impugnarse directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación, según la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Podrá también potestativamente interponerse recurso de reposición ante la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, AAPP y Justicia en el plazo de un mes a contar desde la misma fecha, en los términos de los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 26 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 14 de julio de 2017

Marta Fernández-Tapias Núñez
Directora general de Administración Local

ANEXO

Primera. Puesto y requisitos

El puesto de trabajo objeto de la convocatoria es el de interventor/a adjunto/a, código 140.02 de la vigente relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Vigo, clase primera, categoría superior, perteneciente a la subescala de intervención-tesorería de la escala de funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional.

El puesto de trabajo está dotado con el nivel 30 de complemento de destino y un complemento específico código 2, según la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Vigo (V. BOP nº 220, del martes 16 de noviembre de 2010) que se concreta en un importe anual bruto de 42.102,76 euros/anuales.

Se establecen como titulaciones exigidas para el desempeño del puesto ofertado las siguientes:

– Licenciado/a en Derecho o equivalente (código 6).

– Licenciado/a en Ciencias Económicas o Empresariales o equivalente (código 8).

– Las titulaciones previstas en el artículo 22 del Real decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, de manera tal que se admitirán a la participación en la presente convocatoria a los funcionarios/las de carrera de Administración local, subgrupo A1, integrados en la escala de funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, subescala de intervención-tesorería, categoría superior, con las titulaciones que la legislación vigente reconoce y permite para el desempeño de puestos de trabajo pertenecientes a la escala y subescala indicadas.

Conforme establece la disposición transitoria 1ª, apartado 2, del Real decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, podrán participar, asimismo, los funcionarios pertenecientes a los cuerpos y escalas extinguidos que no resulten integrados en las subescalas en que, conforme al indicado real decreto, se estructura la habilitación de carácter nacional a que se refiere la Ley 7/1985, de 2 de abril, estando habilitados para desempeñar puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional conforme a las siguientes normas: los depositarios, en iguales condiciones que los funcionarios integrados en la subescala de intervención-tesorería, categoría superior, pero únicamente para puestos de Intervención.

Segunda. Participación

El puesto de trabajo objeto de provisión con carácter definitivo podrá ser solicitado por los funcionarios con habilitación de carácter nacional de la subescala y categoría a la que pertenece el puesto.

No podrán concurrir a esta convocatoria los funcionarios que se encuentren comprendidos en los supuestos a), b) y c) que señala el artículo 18, apartado 3, del Real decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo de la Administración local reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, y que son los siguientes:

a) Los funcionarios inhabilitados y los suspensos en virtud de sentencia o resolución administrativa firme, si no transcurriese el tiempo señalado en ellas.

b) Los funcionarios destituidos a que se refiere el artículo 148.5 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, aprobado por el Real decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, durante el período al que se extienda la destitución.

c) Los funcionarios que se encuentren en las situaciones de excedencia voluntaria a que se refiere el artículo 29.3.c) y d) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función pública, si no hubiese transcurrido el plazo de dos años desde el pase a las mismas.

Tercera. Presentación de solicitudes, documentación y plazos

A efectos de tomar parte en la convocatoria los/las aspirantes deberán presentar la siguiente documentación:

1. Solicitud dirigida al concejal-delegado del Área de Gestión Municipal del Ayuntamiento de Vigo, Área de Recursos Humanos y Formación, solicitando tomar parte en la convocatoria, según modelo normalizado genérico disponible en la web municipal www.vigo.org, en la sede electrónica o en el Registro General del Ayuntamiento de Vigo, en cualquiera de las formas previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, a la que deberá adjuntarse declaración jurada de no estar incurso en alguna de las circunstancias a las que se refiere el artículo 18.3 del Real decreto 1732/1994, de 29 de julio.

2. Documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos exigidos en la base primera.

3. Curriculum vitae en el que figuren:

a) Titulación académica.

b) Acreditación de la condición de funcionario/a de Administración local con habilitación de carácter nacional.

c) Años de servicio.

d) Puestos de trabajo desempeñados en las administraciones públicas.

e) Acreditación del conocimiento de lengua gallega según el Decreto 103/2008, de 8 de mayo, por el que se regula el conocimiento del gallego en los procedimientos para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios/as con habilitación de carácter nacional en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia, debiendo aportar a tal efecto documento acreditativo de la posesión del certificado de lengua gallega 4 (Celga 4) o de su equivalente, debidamente homologado por el órgano competente en materia de política lingüística de la Xunta de Galicia.

f) Estudios, cursos, formación y especialización realizadas.

g) Cualquier otro mérito que consideren oportuno destacar en relación con las funciones atribuidas al puesto solicitado, perteneciente a un municipio de gran población en los términos de lo contemplado en la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del Gobierno local, acompañando documentación fehaciente acreditativa de los extremos indicados.

4. En el supuesto de aportación y acreditación de grado personal consolidado, éste deberá estar formalmente reconocido y deberá aportarse la correspondiente resolución administrativa dictada a tales efectos.

La documentación indicada se acreditará con la presentación de originales o fotocopias compulsadas de la misma.

Los/las interesados/as dirigirán las solicitudes y documentación complementaria al órgano y servicio indicado dentro de los 15 días naturales siguientes a la publicación de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Los requisitos exigidos en las presentes bases, así como los requisitos y experiencia alegados, deberán reunirse en la fecha de finalización del plazo para tomar parte en la convocatoria.

Se podrá recabar de los participantes en la convocatoria aclaraciones o documentación adicional, cuando de la presentada no resulten suficientemente acreditados los datos alegados en relación con los requisitos exigidos. Igualmente, los/las participantes podrán ser citados/as a una comparecencia a los efectos de explicitar aspectos determinados de su carrera profesional.

Cuarta. Resolución

El órgano municipal competente procederá, en su caso, y previa constatación de los requisitos exigidos en la convocatoria, a dictar la resolución correspondiente en el plazo de un mes, dando cuenta al Pleno de la Corporación y traslado de aquella al órgano competente de la Comunidad Autónoma y a la Dirección General para la Administración Local (Dirección General de Función Pública) para la anotación y publicación conjunta en el Boletín Oficial del Estado.

Dicha resolución deberá ser motivada, con referencia al cumplimiento, por parte del/de la aspirante elegido/a, de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria y de la competencia para proceder al nombramiento. El puesto deberá ser adjudicado entre los/las candidatos/as que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria. En todo caso, deberá quedar acreditada en el procedimiento, como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido.

Quinta. Toma de posesión

El plazo de toma de posesión en el nuevo destino será de tres días hábiles, si se trata de puestos de trabajo de la misma localidad, o de un mes, si se trata de primer destino o de puestos de trabajo en localidad distinta.

El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del procedimiento en el Boletín Oficial del Estado.

En caso de que la resolución comportara el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.

Sexta. Impugnación

Contra la presente resolución se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vigo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación o publicación del acto administrativo que ponga fin a la vía administrativa, en los supuestos, términos y condiciones de lo dispuesto en los artículos 8, 25 y 46 de la Ley 29/1198, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.