Procedimiento ordinario 31/2016
Sobre: ordinario
Demandante: Samuel Cartagena Cavina
Abogado: Abel González Torres
Demandados: Bernardo Lozano Herbas, Exclusivas Abber, S.C., Fondo de Garantía Salarial
Yo, María Jesús Hernando Arenas, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 31/2016 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Samuel Cartagena Cavina contra Bernardo Lozano Herbas, Exclusivas Abber, S.C., Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado a fecha 3 de marzo de 2017 auto de nulidad, cuya parte dispositiva dice:
Acordar la nulidad de actuaciones, reponiéndose las mismas al momento de dictar sentencia, tras la celebración del juicio el 18 de enero de 2017, reponiéndose las mismas al momento de dictar sentencia, tras la celebración del juicio el 18 de enero de 2017.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de que, en su caso, proceda frente a la resolución definitiva que se dicte.
Así lo acuerda y firma Pilar Carreira Vidal, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña y su partido. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Bernardo Lozano Herbas, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
A Coruña, 5 de julio de 2017
La letrada de la Administración de justicia