De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de la administraciones públicas, intentadas las notificaciones personales y devueltas por el servicio de Correos por resultar imposible su práctica, por el presente anuncio se notifica a la empresa relacionada en el anexo la resolución recaída en el expediente sancionador en el orden social.
El texto íntegro de la resolución podrá consultarse en las dependencias de la Secretaría General de Empleo, situada en el Edificio Administrativo San Lázaro, s/n, 15781 Santiago de Compostela, en el plazo de diez (10) días, contados desde el día siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el tablón edictal único (TEU) del Boletín Oficial del Estado. Transcurrido este plazo, se tendrán por notificadas las actuaciones.
La resolución no agota la vía administrativa y los interesados podrán formular recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde la publicación de esta cédula, ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria, de acuerdo con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la citada Ley 39/2015.
Se le advirtierte que, de no interponer el citado recurso, tendrán que pagar la multa impuesta mediante la necesaria utilización del impreso que podrán solicitar en la correspondiente jefatura territorial o en los servicios centrales de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, en el número de cuenta, en la entidad bancaria y plazo que en él se señala, dentro del plazo de pago del período voluntario, ya que, en otro caso, se incoará el procedimiento por la vía de apremio.
Santiago de Compostela, 5 de junio de 2017
Covadonga Toca Carús
Secretaria general de Empleo