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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 120 Lunes, 26 de junio de 2017 Pág. 31448

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela

EDICTO de notificación de sentencia (PO 483/2014).

PO procedimiento ordinario 483/2014

Procedimiento de origen: sobre ordinario

Demandante: Silvia Lorenzo Calvo

Abogada: María Sol Romero Salgado

Demandado: Servicio Gallego de Prevención de Riesgos Laborales, S.L. (Segaprel)

Yo, Marina Pilar García de Evan, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 483/2014 de este juzgado de lo social, seguidos a instancia de Silvia Lorenzo Calvo contra la empresa Servicio Gallego de Prevención de Riesgos Laborales, S.L. (Segaprel), sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

«Fallo:

Que debo estimar la demanda presentada a instancia de Silvia Lorenzo Calvo, representada y asistida por la letrada Sra. Romero Salgado, contra la entidad Segaprel, S.L. y, en consecuencia, debo condenar a la demandada al abono a la actora de la cantidad de 21.506,94 euros más los intereses previstos en el artículo 29.3 del ET sobre la cantidad de 7.115,34 euros (en concepto de salarios) y los intereses del artículo 1.108 del CC, sobre la cantidad de 14.391,60 euros (en concepto de indemnización por despido).

Notifíquese a las partes, la presente resolución.

Modo de impugnación: se advierte a las partes que contra la presente resolución podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito presentado en la oficina judicial dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en Banesto a nombre de esta oficina judicial con el número 1596 clave 65, debiendo indicar en el campo concepto “recurso” seguido del código “34 Social Suplicación”, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso, así como, en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, deberá consignar en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario a primer requerimiento indefinido por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a esta oficina judicial con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.

La anterior resolución se entregará a la letrada de la Administración de justicia para su custodia e incorporación al libro de sentencias. Insértese en las actuaciones por medio de testimonio.

Por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en la primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Servicio Gallego de Prevención de Riesgos Laborales, S.L. (Segaprel), en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 5 de junio de 2017

La letrada de la Administración de justicia