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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 120 Lunes, 26 de junio de 2017 Pág. 31446

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela

EDICTO (PO 895/2013).

PO. Procedimiento ordinario 895/2013

Demandante: Diego Peña del Pozo

Abogada: María José Liste López

Demandados: 2 Q Spain, S.L.U., Pulvino Suministros Industriales, S.L., Fogasa, 2 Q Portugal SGPS, Lda., 2 Q Portugal Manutenção Profissional y Enrique Ángel Barros López

Abogado: Fogasa

Yo, Marina Pilar García de Evan, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 895/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Diego Peña del Pozo contra la empresa 2 Q Spain, S.L.U., Pulvino Suministros Industriales, S.L., Fogasa, 2 Q Portugal SGPS, Lda., 2 Q Portugal Manutenção Profissional y Enrique Ángel Barros López, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente resolución cuya parte dispositiva se adjunta:

«Fallo que debo estimar la demanda presentada a instancia de Diego Peña del Pozo frente a 2 Q Spain, S.L.U. la administración concursal de la anterior (Enrique Barros López), 2 Q Portugal SGPS, Lda., 2 Q Portugal Manutenção Profesional, S.A., Pulvino Suministros Industriales, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), que no comparecen pese a constar debidamente citados, sobre reclamación de cantidad, y debo condenar a 2 Q Spain, S.L.U., 2 Q Portugal SGPS, Lda., 2 Q Portugal Manutenção Profissional, S.A. y Pulvino Suministros Industriales, S.L., de forma conjunta y solidaria, a abonarle al demandante la suma de 1.010 euros, en concepto de diferencias retributivas en comisiones por ventas de los meses de enero, febrero y marzo de 2013 más los intereses previstos en el artículo 29.3 del Estatuto de los trabajadores (ET) desde la presentación de la papeleta de conciliación hasta la presente resolución, y los del artículo 576 de la Ley de enjuiciamiento civil (LEC) a partir de la presente resolución, condenando a Enrique Barros López, en su sola condición de administrador concursal de 2 Q Spain, S.L.U., a estar y pasar por dicha declaración y condena.

Debo absolver y absuelvo al Fogasa sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria en los casos previstos en el artículo 33 del Estatuto de los trabajadores.

Notifíquese a las partes la presente resolución, haciéndoles saber que frente a la misma no cabe interponer recurso de suplicación.

Para que sirva de notificación en legal forma a 2 Q Spain, S.L.U. y Pulvino Suministros Industriales, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el boletín oficial correspondiente.

Se les advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 2 de junio de 2017

La letrado de la Administración de justicia