Para general conocimiento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 72 y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, se hace público que la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, con fecha 11 de octubre de 2015, pronunció la Sentencia número 598/2016, dictada en el procedimiento ordinario nº 4575/2011, interpuesto por la Junta de Compensación del Área de Reparto de Suelo Urbano No Consolidado número 47 y Calle de A Roda, contra el Decreto 187/2011, de 29 de septiembre, por el que se suspende parcialmente la vigencia del Plan general de ordenación urbana del ayuntamiento de Ourense y se aprueba la ordenación urbanística provisional hasta la entrada en vigor del nuevo planeamiento; sentencia que en su parte dispositiva literalmente dice:
«Estimamos parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Junta de Compensación del Área de Reparto de Suelo Urbano No Consolidado número 47 y Calle de A Roda contra la disposición indicada en el primer fundamento de esta sentencia, que anulamos por ser contraria a derecho. No se hace imposición de las costas del recurso».
La citada sentencia fue declarada firme.
Santiago de Compostela, 24 de mayo de 2017
María Encarnación Rivas Díaz
Directora general de Ordenación del Territorio y Urbanismo