Para general conocimiento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 72 y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, se hace público que la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, con fecha 6 de octubre de 2016, pronunció la Sentencia número 595/2016, dictada en el procedimiento ordinario nº 4490/2011, interpuesto por Jorge Víctor Gil Carnicer, sentencia que en su parte dispositiva literalmente dice:
«Que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Jorge Víctor Gil Carnicer contra el Decreto 187/2011, de 29 de septiembre, de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de la Xunta de Galicia, por el que se suspende parcialmente el Plan general de ordenación urbana del ayuntamiento de Ourense y se aprueba la ordenación urbanística provisional hasta la entrada en vigor del nuevo planeamiento y, conforme a lo instado, anulamos el referido Decreto 187/2011 en lo particular que aprueba la ordenación urbanística provisional del nº 12 del anexo II de dicho decreto, AR-39 E predio Mariñamansa; sin hacer especial condena en costas».
La citada sentencia fue declarada firme.
Santiago de Compostela, 24 de mayo de 2017
María Encarnación Rivas Díaz
Directora general de Ordenación del Territorio y Urbanismo