Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 114 Viernes, 16 de junio de 2017 Pág. 29607

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO de notificación de sentencia (DSP 1142/2016).

Yo, Marta Yanguas del Valle, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 de Refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento despido/ceses en general 1142/2016 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de María Neira Mahia contra Gonzalo Lara Magnet, empresa Elaborados Metálicos Emesa, S.L., y el Fogasa sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

«Sentencia:

A Coruña, 16 de mayo de 2017.

Vistos por mí, Patricia López Arranz, magistrada jueza del Juzgado Social de Refuerzo de A Coruña, los presentes autos de procedimiento de despido nº 1142/16 seguidos ante este juzgado a instancia de María Neira Mahía, asistida del letrado José Nogueira Esmorís, contra Gonzalo Lara Magnet que no comparece, empresa Elaborados Metálicos Emesa, S.L., representada por el letrado Adrián Núñez Fernández y el Fogasa que no comparece, procedo a dictar sentencia de conformidad con los siguientes,

Fallo:

Que debo estimar y estimo la demanda presentada por María Neira Mahía contra Gonzalo Lara Magnet y declaro improcedente el despido de la trabajadora y ante la imposibilidad de readmisión, declaro extinguida la relación laboral de la misma con la empresa demandada, con efectos a fecha de la presente resolución, condenando a la empresa a estar y pasar por esta declaración y a abonar a la actora las siguientes cantidades:

– 22.999,76 euros, en concepto de indemnización.

– 8.710,73 euros, en concepto de salarios de trámite.

Que debo absolver y absuelvo a la empresa Elaborados Metálicos Emesa, S.L. de todas las pretensiones deducidas en su contra.

Con intervención procesal del Fogasa.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber su derecho a interponer contra la misma recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual podrán anunciar por comparecencia o por escrito ante este juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación.

Dedúzcase testimonio literal de esta sentencia, que quedará en estas actuaciones, con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por la magistrada jueza que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Gonzalo Lara Magnet, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 16 de mayo de 2017

La letrada de la Administración de justicia