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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 87 Lunes, 8 de mayo de 2017 Pág. 22439

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (952/2016).

Yo, Marta Yanguas del Valle, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de despido/ceses en general 952/2016 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Gabriel Aróstegui Martínez contra Inversiones e Importaciones Atlánticas, S.L., Fogasa sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

«Juzgado de lo Social número 2 de refuerzo de A Coruña

Sentencia: 192/2017

Juez: Javier López Cotelo

Procedimiento: despido 952/2016

Demandante: José Gabriel Aróstegui Martínez

Letrada: Sra. Fernández Casamichana

Demandada: Inversiones e Importaciones Atlánticas, S.L.

Sentencia.

A Coruña, 30 de marzo de 2017

Fallo:

1º. Estimo la demanda sobre despido formulada por José Gabriel Aróstegui Martínez frente a Inversiones e Importaciones Atlánticas, S.L., y, en consecuencia, declaro la improcedencia del despido y condeno a la demandada a que readmita inmediatamente al trabajador en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido, o bien, a elección de la empresa, a la extinción de la relación laboral con abono de la indemnización detallada en el número segundo de este fallo. Todo ello con abono, en el caso de opción por la readmisión, de los salarios de tramitación que no haya percibido hasta la notificación de la presente sentencia.

Dicha opción deberá ejercitarse en 5 días a partir de la notificación de esta sentencia, mediante escrito o comparecencia ante este juzgado. Transcurrido dicho término, sin que se hubiese optado, se entenderá que procede la readmisión.

2º. La indemnización y los salarios de tramitación a abonar por la empresa demandada, según lo dispuesto en el número anterior, son los siguientes:

– En concepto de indemnización, y de optar la empresa por ella, la cantidad de 1.110,26 euros.

– En concepto de salarios de trámite, para el caso de opción por la readmisión, los dejados de percibir desde la fecha del despido y hasta la notificación de la presente sentencia, calculados a razón de 44,86 €/día.

3º. Estimo la demanda sobre reclamación de cantidad formulada por José Gabriel Aróstegui Martínez frente a Inversiones e Importaciones Atlánticas, S.L., y, en consecuencia, condeno a ésta a abonar al primero la suma de 5.261,20 euros en concepto de salarios así como el interés de demora del artículo 29.3 del ET.

4º. El Fogasa deberá de pasar por lo resuelto en esta resolución dentro de los límites del artículo 33 del ET.

Inscríbase la presente resolución en el libro de sentencias dejando testimonio de la misma en el presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiéndoles que contra ella se podrá interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución por comparecencia o mediante escrito, pasados los cuales se declarará firme y se procederá a su archivo.

Así lo pronuncio, mando y firmo».

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por el juez que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Inversiones e Importaciones Atlánticas, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 31 de marzo de 2017

La letrada de la Administración de justicia