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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 87 Lunes, 8 de mayo de 2017 Pág. 22442

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (PO 958/2014).

Yo, Marta Yanguas del Valle, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 de Refuerzo de A coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 958/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Andrés Moure Seoane, contra Rasgos Digital, S.L., Fogasa, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Juzgado de lo Social número 3 de Refuerzo

A Coruña

Sentencia: 181/2017

Juez: Javier López Cotelo

Procedimiento: reclamación cantidad 958/2014

Demandante: Andrés Moure Seoane

Letrada: Sra. Rodríguez Amoroso

Demandados: Rasgos Digital, S.L.

Letrado:

Fogasa

Letrado:

Sentencia nº 181/2017.

A Coruña, 3 de abril de 2017.

Fallo:

1. Estimo la demanda formulada por Andrés Moure Seoane frente a Rasgos Digital, S.L., y en consecuencia, condeno a ésta a pagarle al primero la suma de 6.027,97 euros en concepto de salarios y liquidación adeudados, así como el interés del artículo 29.3 ET.

2. El Fogasa deberá de pasar por lo resuelto en la presente resolución.

Inscríbase la presente resolución en el libro de sentencias dejando testimonio de la misma en el presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiéndoles que contra ella se podrá interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución por comparecencia o mediante escrito, pasados los cuales se declarará firme y se procederá a su archivo.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por la magistrada jueza que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Rasgos Digital, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 3 de abril de 2017

La letrada de la Administración de justicia