Procedimiento ordinario 465/2014
Sobre ejecución de obras, daños y perjuicios
Demandantes: José Ángel Barcala Abanqueiro, Isaura Aurora Lorenzo Ces, Antonio Otero Suárez, Carlos Fernández Fernández
Procuradora: Elena Ramos Picallo
Abogado: Benjamín Fernández-Novoa Valladares
Demandados: Invernova Xestión Inmobiliaria 2010, S.L., María Pilar Vence Lodeiro, Álvaro Macía Rodríguez, Galimar Promove, S.A.
Procuradoras: Tamara Paisal Outeiral, Montserrat Vidal Rivas
Cédula de notificación.
En el procedimiento de referencia se ha dictado la sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor literal siguiente:
Sentencia.
Vistos por mí, Mª de las Nieves Corral Montes, jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Ribeira y su partido judicial, los autos del juicio ordinario número 465/2014 en el que han sido parte demandante Isaura Aurora Lorenzo Ces, Milagros Villa Coego, Antonio Otero Suárez, Lourdes García Hermida, Cubeiro Cañete S.L., José Ángel Barcala Abanqueiro y Carlos Fernández Fernández, representados por la procuradora Sra. Ramos Picallo y asistidos por el letrado Benjamín Fernández, y partes demandadas Galimar Promove, S.A., Invernova Xestión Inmobiliaria 2010, S.L., Mª del Pilar Vence Lodeiro, representada por la procuradora Sra. Paisal Outeiral y asistida por el letrado Sr. López Taboada, y Álvaro Macía Rodríguez, representado por la procuradora Sra. Vidal Rivas y asistida por el letrado Sr. López Fernández,
Fallo que, desestimando la demanda presentada por los demandantes Isaura Aurora Lorenzo Ces, Milagros Villa Coego, Antonio Otero Suárez, Lourdes García Hermida, Cubeiro Cañete, S.L., José Ángel Barcala Abanqueiro y Carlos Fernández Fernández contra los demandados Galimar Promove, S.A., Invernova Xestión Inmobiliaria 2010, S.L., Mª del Pilar Vence Lodeiro y Álvaro Macía Rodríguez, debo absolver y absuelvo a Galimar Promove, S.A., Invernova Xestión Inmobiliaria 2010, S.L., Mª del Pilar Vence Lodeiro y Álvaro Macía Rodríguez del pago de la suma de 18.000 euros en concepto de reparación por los daños objeto de reclamación.
Procede la condena en costas a la parte demandante.
Esta resolución no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación en el plazo de veinte días desde su notificación.
Notifíquese a las partes.
Y como consecuencia del ignorado paradero de Galimar Promove, S.A. e Invernova Xestión Inmobiliaria 2010, S.L., se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Ribeira, 21 de noviembre de 2016
La letrada de la Administración de justicia