Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 78 Lunes, 24 de abril de 2017 Pág. 19047

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (PO 625/2015).

Susana Varela Amboage, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hace saber que en el procedimiento ordinario 625/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de María Rosario Freire Ferreiro contra Tabuata Hostelería, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia.

Santiago de Compostela, 27 de marzo de 2017.

Sandra María Iglesias Barral, magistrada del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, habiendo visto los presentes autos seguidos en este juzgado con el número 625/2015, en que son parte, como actora, María Rosario Freire Ferreiro, asistida por la letrada Sra. Rodríguez Enríquez y, como demandada, Tabuata Hostelería, S.L., que no comparece, pese a su citación en legal forma, al igual que el Fogasa (Fondo de Garantía Salarial), citado de oficio, ha pronunciado esta sentencia, en nombre de su majestad el rey, con base en los siguientes

Fallo:

Se estima la demanda interpuesta por María Rosario Freire Ferreiro frente a Tabuata Hostelería, S.L. y, en consecuencia, se condena a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 757,76 euros, en concepto de salarios adeudados, con los intereses del artículo 29.3 del ET por demora, más la cantidad de 841,94 euros, en concepto de indemnización por despido objetivo, sin perjuicio de la responsabilidad, en su caso, del Fogasa.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra esta resolución no cabe recurso de suplicación.

Así lo acuerda, manda y firma, Sandra María Iglesias Barral, magistrada del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela.

Para que sirva de notificación en legal forma a Tabuata Hostelería, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios de este juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 31 de marzo de 2017

La letrada de la Administración de justicia