Familia, guardia, custodia, alimentos de hijo menor no matrimonial no consensuado 96/2015
Sobre otras materias
Demandante: Silvia Jiménez Gavilán
Procuradora: Sandra Amor Vilariño
Abogada: Yolanda Martínez Pereira
Demandado: Xabier Díaz García
María Susana Gamonal Lombardero, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Betanzos, por el presente anuncio:
En el presente procedimiento ordinario seguido a instancia de Silvia Jiménez Gavilán frente a Xabier Díaz García se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
Fallo que, estimando la demanda interpuesta por la procuradora Sandra Amor Vilariño, en nombre y representación de Silvia Jiménez Gavilán, contra Xabier Díaz García acuerdo:
1º. Se atribuye la guarda y custodia de los hijos menores Ekaitz y Xabier a la madre, Silvia Jiménez Gavilán, siendo el ejercicio de la patria potestad compartida.
2º. No se fija régimen de visitas de los expresados hijos a favor del padre.
3º. Se establece a cargo del padre y para los hijos una pensión de alimentos consistente en ciento cincuenta euros al mes para cada hijo, que será abonada dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta corriente que designe el padre y será actualizable anualmente conforme al IPC.
4º. Los gastos extraordinarios se abonarán por mitad entre ambos progenitores; son gastos extraordinarios la asistencia médica no incluida en la Seguridad Social (gafas, prótesis, ortodoncia, vacunas etc.) y los escolares (como actividades extraescolares, campamentos etc.) que deberán ser consensuados.
Todo ello sin expresa declaración en cuanto a las costas causadas.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella pueden interponer recurso de apelación ante este mismo juzgado en un plazo de veinte días a partir de su notificación y que, en su caso, conocerá la Audiencia Provincial.
Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, la pronuncio, mando y firmo.
Y encontrándose dicho demandado, Xabier Díaz García, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
Betanzos, 10 de febrero de 2016
La secretaria judicial