JVB juicio verbal 545/2015
Procedimiento origen: /
Sobre otros verbal
Demandantes: Rogelio Montoto Areán, Carmen Penela Sanmartín
Abogada: María de los Ángeles Blanco Pérez
Demandada: Rosa Penela Areán
Yo, Myriam de Mata Schick, letrada de la Administración de justicia, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Lalín, por el presente,
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En el presente procedimiento juicio verbal 545/2015 seguido a instancia de Rogelio Montoto Areán, Carmen Penela Sanmartín frente a Rosa Penela Areán se ha dictado sentencia cuyo tenor literal es el siguiente:
«Sentencia
Lalín, 30 de diciembre de 2016.
Juez: Gonzalo Sans Besada.
Demandantes: Rogelio Montoto Areán y Carmen Penela Sanmartín.
Letrada: Ángeles Blanco Pérez.
Demandada: Rosa Penela Areán (en situación de rebeldía procesal).
Objeto: declarativa de dominio. Usucapión.
Fallo:
Estimo íntegramente la demanda presentada por Rogelio Montoto Areán y Carmen Penela Sanmartín y, en consecuencia:
1. Declaro que Rogelio Montoto Areán y Carmen Penela Sanmartín son los propietarios de la finca rústica denominada O Verdial, que se corresponde con la finca nº 445 de la zona de concentración parcelaria de San Pedro de Losón, Vila de Cruces, a secano, con una superficie de 20 áreas y 40 centiáreas, igual a 2.040 m2, que linda: norte, camino; sur, con Jesús Otero Varela (453) y Marcial Otero Campos (545); este, con Ramón Iglesias Pereira (446); y oeste, con Rosa Matilde Blanco Indraschitz (444), y que figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Lalín, tomo 848, libro 108, folio 134, finca 17.390.
2. Condeno a la demandada a estar y pasar por la anterior declaración.
3. Ordeno la cancelación de la inscripción en favor de Rosa Penela Areán de la referida finca. Líbrese el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad de Lalín.
4. Condeno en costas a la demandada.
Notifíquese a las partes.
Esta sentencia es firme.
Así lo acuerdo y firmo, Gonzalo Sans Besada, juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Lalín».
Y encontrándose dicha demandada, Rosa Penela Areán, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.
Lalín, 27 de enero de 2017
La letrada de la Administración de justicia