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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 38 Jueves, 23 de febrero de 2017 Pág. 9101

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (412/2016).

Marta Yanguas del Valle, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de refuerzo de A Coruña, hace saber que en el procedimiento despido/ceses en general 412/2016 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Carmen Rey López contra Recoge Galicia de Gestión, S.L., Riveiro y Riveiro Asociados, S.L., Fogasa sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia nº 41/17.

A Coruña, 31 de enero de 2017.

Vistos por mí, Patricia López Arranz, magistrada jueza del Juzgado de lo Social de refuerzo de A Coruña, los presentes autos de procedimiento 412/2016, seguidos ante este juzgado a instancia de Carmen Rey López, representada por la letrada María Eugenia Liñeira Piñeiro, contra Recoge Galicia Gestión, S.L. y Riveiro y Riveiro Asociados, S.L., que no comparecen, y con intervención del Fogasa, que tampoco comparece, procedo a dictar sentencia de conformidad con los siguientes,

Fallo:

Que debo estimar y estimo la demanda presentada por Carmen Rey López contra Recoge Galicia Gestión, S.L. y Riveiro y Riveiro Asociados, S.L. y declaro improcedente el despido de la actora condenando solidariamente a las empresas a que, en el plazo de cinco días desde la fecha de la notificación de la sentencia, opten entre la readmisión inmediata de la demandante, en las mismas condiciones que regían con anterioridad, con abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la notificación de esta resolución, que ascienden a 48,83 euros diarios o bien al abono de una indemnización por despido a razón de 9.827,04 euros.

Se desestima la pretensión acumulada de reclamación de cantidad.

Con intervención procesal del Fogasa.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber su derecho a interponer contra la misma recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual podrán anunciar por comparecencia o por escrito ante este juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación.

Dedúzcase testimonio literal de esta sentencia que quedará en estas actuaciones, con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y, para que sirva de notificación en legal forma a Recoge Galicia de Gestión, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 31 de enero de 2017

La letrada de la Administración de justicia