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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 36 Martes, 21 de febrero de 2017 Pág. 8548

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Infraestructuras y Vivienda

ANUNCIO de 26 de enero de 2017, del Servicio de Movilidad de A Coruña, por el que se notifican los acuerdos de incoación de expedientes sancionadores en materia de transportes terrestres devueltos por el servicio de Correos porque, intentada la notificación, no se ha podido efectuar (expediente XC-02869-O-2016 y tres más).

La persona titular del Servicio de Movilidad de A Coruña acordó la incoación del expediente sancionador XC-02869-O-2016 y tres más por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.

Intentada la notificación del acuerdo de incoación por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, ésta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo, y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifican los acuerdos de incoación dictados a las personas interesadas.

Se les informa de que los expedientes sancionadores se encuentran a su disposición en las oficinas del Servicio de Movilidad de A Coruña.

Se les otorga un plazo de quince días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE, para alegar lo que consideren conveniente, presentando o proponiendo las pruebas que estimen oportunas.

En el supuesto de que decidan voluntariamente pagar la sanción antes de que transcurran treinta días contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOE, su cuantía se reducirá en un 30 % en la forma prevista en el artículo 146.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres. La realización de dicho pago implica la conformidad con los hechos denunciados, la renuncia a formular alegaciones por parte de la persona interesada y la terminación del procedimiento sancionador.

A Coruña, 26 de enero de 2017

César Concheiro Ceide
Instructor jefe del Servicio de Movilidad de A Coruña

ANEXO

Expediente

Matrícula

Denunciado

DNI/CIF

Infracción denunciada

Fecha-Hora-Carretera-p.k.

Precepto calificador

Precepto sancionador

Sanción propuesta

XC-02869-O-2016

7541-CSZ

Pescados Leiviña, S.L.

B15858145

No llevar a bordo del vehículo la documentación formal que acredite la posibilidad legal de prestar el servicio.

3.10.2016; 12.50; AP9; 1,3

Art. 142.8 LOTT

Art. 143.1.b) LOTT

201 euros

XC-03144-O-2016

CC-6593-K

Francisco Javier Álvarez Agrelo

33283410H

El exceso igual o superior al 5 por ciento e inferior al 15 por ciento sobre la MMA total en vehículos con MMA hasta 12 toneladas. Exceso de peso igual o superior al 13 por ciento.

5.11.2016; 14.37; A54; 93,0

Art. 142.2 LOTT

Art. 143.1.c) LOTT

400 euros

XC-03160-O-2016

4935-CVW

Transportes Enjamio, S.L.

B70129226

Realizar transporte público al amparo de una autorización caducada, revocada o que por cualquier otra causa hubiera perdido su validez.

13.11.2016; 16.58; N-634; 666,0

Art. 140.1 LOTT

Art. 143.1.i) LOTT

4.001 euros

XC-03167-O-2016

5176-HTN

Freire Rodríguez María del Carmen

32768985B

Realizar transporte privado complementario de mercancías sin llevar a bordo del vehículo el original de la copia certificada (autorización de transporte).

14.11.2016; 12.21; N634; 709,5

Art. 142.8 LOTT

Art. 143.1.b) LOTT

201 euros