La persona titular de la Jefatura Territorial de A Coruña dictó la resolución del expedientes sancionador XC-01737-O-2016 y uno más por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.
Intentada la notificación de la resolución por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, esta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo, y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifican las resoluciones dictadas a las personas interesadas.
Se les informa que los expedientes sancionadores se encuentran a su disposición en las oficinas del Servicio de Movilidad de A Coruña.
Se les comunica que contra dicha resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe recurso de alzada, ante la persona titular de la Dirección General de Movilidad de la Consellería de Infraestructuras y Vivienda, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE.
Las sanciones impuestas fueron abonadas anticipadamente con una reducción de su importe conforme a lo previsto en el artículo 146.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres.
A Coruña, 26 de enero de 2017
César Concheiro Ceide
Jefe del Servicio de Movilidad de A Coruña
ANEXO
Expediente Matrícula |
Persona sancionada DNI/CIF |
Infracción cometida Fecha-Hora-Carretera-p.k. |
Precepto calificador |
Precepto sancionador |
Sanción impuesta |
XC-01737-O-2016 0380-FGG |
Lozano Rojas, Julio 52330466S |
Exceso en el tiempo de conducción bisemanal (90 horas). Más de 90 horas hasta 100 horas. 18.4.2016; 13.37; AP9F; 25,5 |
Art. 142.17 LOTT |
Art. 143.1.a) LOTT |
100 euros |
XC-02027-O-2016 1978-FWT |
Ramón Amosa López 35283261L |
Exceso en los tiempos máximos de conducción diaria (sobre 10 horas). Más de 10 horas hasta 11 horas. 8.5.2016; 11.35; N634; 676,0 |
Art. 142.17 LOTT |
Art. 143.1.a) LOTT |
100 euros |