Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 35 Lunes, 20 de febrero de 2017 Pág. 8275

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ORDEN de 2 de febrero de 2017 por la que se extingue la autorización del Seminario Menor Diocesano Santa Catalina de Mondoñedo.

Mediante la Orden de 28 de febrero de 2000, publicada en el Diario Oficial de Galicia de 24 de marzo, se autorizaron 4 unidades de educación secundaria obligatoria y 2 unidades de bachillerato en el Seminario Menor Diocesano Santa Catalina, de Mondoñedo (Lugo).

La Dirección General de Centros y Recursos Humanos de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria incoa el expediente de extinción de la autorización del Seminario Menor Diocesano Santa Catalina de conformidad con lo previsto en el apartado octavo 2 de la Orden de 20 de septiembre de 1995, en relación con los artículos 16 y siguientes del Decreto 133/1995, de 10 de mayo, de autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias.

Por lo que antecede, a propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,

DISPONGO:

Primero. Extinguir la autorización, por cese de actividades, del centro docente privado cuyos datos se detallan a continuación:

Denominación: Seminario Menor Diocesano Santa Catalina.

Código del centro: 27006905.

Domicilio: plaza del Seminario, 1.

Municipio: Mondoñedo.

Provincia: Lugo.

Titular: Diócesis de Mondoñedo-Ferrol.

Enseñanzas que se extinguen: todas las autorizadas (4 unidades de educación secundaria obligatoria y 2 unidades de bachillerato).

Segundo. La extinción de la autorización dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición ante esta consellería, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente, el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 2 de febrero de 2017

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria