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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 21 Martes, 31 de enero de 2017 Pág. 4461

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (ETJ 243/2016).

Yo, María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ejecución de títulos judiciales 243/2016 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Antonio Villar Horta contra Galicarbo, S.L. y Fogasa, se han dictado las siguientes resoluciones:

Auto:

Magistrada jueza: Ana María Souto González.

En Santiago de Compostela, veintisiete de diciembre de dos mil dieciséis.

Antecedentes de hecho:

Primero. José Antonio Villar Horta ha solicitado la ejecución de la sentencia nº 543/2016 de fecha 20.9.2016 dictada en el procedimiento DSP 543/2016 frente a Galicarbo, S.L. y Fogasa.

Fundamentos de derecho:

Primero. El ejercicio de la potestad jurisdiccional juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde exclusivamente a los juzgados y tribunales determinados en las leyes y en los tratados internacionales (artículo 117 CE y artículo 2 LOPJ).

El artículo 237.2 LJS establece que la ejecución de sentencias firmes se llevará a cabo por el órgano judicial que hubiere conocido del asunto en instancia, por lo que corresponde a este Juzgado de lo Social número 1 el despacho de la ejecución de este título judicial.

Segundo. La ejecución se iniciará a instancia de parte, y una vez iniciada la misma se tramitará de oficio dictándose al efecto las resoluciones necesarias (artículo 239 LJS).

Tercero. Habiendo transcurrido el término establecido en el artículo 279 LJS, sin que conste que la empresa demandada haya procedido a la readmisión del/de los trabajador/es en el plazo y condiciones legalmente previsto, corresponde, de conformidad con lo establecido en el artículo 280 LJS, despachar ejecución de lo resuelto en sentencia.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva:

Dispongo:

– Despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante José Antonio Villar Horta frente a Galicarbo, S.L., Fogasa, parte ejecutada.

– De conformidad con lo dispuesto en el artículo 280 LJS y conforme a lo solicitado en la demanda ejecutiva, por la letrada de la Administración de justicia se señalará fecha para vista del incidente.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la/las infracción/ones cometida/s en la resolución, cumplimiento o incumplimiento de presupuestos y requisitos procesales exigidos y/o oposición a la ejecución despachada en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley reguladora de la jurisdicción social, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

La magistrada          La letrada de la Administración de justicia

Diligencia de ordenación:

Letrada de la Administración de justicia: María Teresa Vázquez Abades.

En Santiago de Compostela, dos de enero de dos mil diecisiete.

Habiendo presentado el trabajador José Antonio Villar Horta exigiendo el cumplimiento por el empresario Galicarbo, S.L.U. de la obligación de readmisión, y habiéndose despachado auto de ejecución de fecha 27.12.2016, de conformidad con el artículo 280 de la LJS, acuerdo:

– Citar de comparecencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial con las advertencias legales y haciéndoles saber que deben asistir con los medios de prueba de que intenten valerse, y fijo el próximo día 28.2.2017 a las 13.45 horas para la celebración de la comparecencia.

De no asistir el/los trabajador/es o persona/s que le/les represente se le/les tendrá por desistido/s en su solicitud; si no lo hiciese el empresario o su representante se celebrará el acto sin su presencia.

Asimismo, acuerdo la citación de la demandada Galigarbo, S.L.U. por medio de edictos, habida cuenta que se haya en ignorado paradero.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

La letrada de la Administración de justicia

Y para que sirva de notificación en legal forma a Galicarbo, S.L.U., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 2 de enero de 2017

La letrada de la Administración de justicia