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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 21 Martes, 31 de enero de 2017 Pág. 4459

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (207/2014).

Yo, Marta Yanguas del Valle, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 de refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de Seguridad Social 207/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo, Mutua Colaboradora con la S.S. número 201 contra Francisco Tomás Cruz Alejos sobre Seguridad Social, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

«Sentencia: 409/2016.

Juez: Javier López Cotelo.

Procedimiento: Seguridad Social 207/2014.

Demandante: Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo.

Letrado: Sr. Estebanez Juega.

Demandado: Francisco Tomás Cruz Alejos.

A Coruña, 22 de septiembre de 2016.

Fallo:

Estimo la demanda presentada por la Mutua gallega de Accidentes de Trabajo frente a Francisco Tomás Cruz Alejos y, en consecuencia, condeno a éste a reintegrar a la primera la suma indebidamente percibida en concepto de prestación de IT que asciende a 1.433,72 euros.

Inscríbase la presente resolución en el libro de sentencias dejando testimonio de la misma en el presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiéndoles que contra ella se podrá interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución por comparecencia o mediante escrito, pasados los cuales se declarará firme y se procederá a su archivo.

Así lo pronuncio, mando y firmo».

Publicación. La anterior sentencia fue leida y publicada por el magistrado juez que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Francisco Tomás Cruz Alejos, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 5 de enero de 2017

La letrada de la Administración de justicia