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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 249 Viernes, 30 de diciembre de 2016 Pág. 56878

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural

EXTRACTO de la Orden de 22 de diciembre de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para las inversiones en transformación y comercialización de productos agrarios para el período 2014-2020, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y se convocan para el ejercicio presupuestario de 2017.

BDNS (Identif.): 326778.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios

Podrán acogerse a estas ayudas los empresarios individuales o sociedades que sean o vayan a ser titulares de instalaciones objeto de la ayuda, dedicadas a la transformación y/o comercialización de productos del anexo I del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y sobre las que recaiga la carga financiera de las inversiones y gastos que se consideren subvencionables.

Segundo. Objeto

Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas de la Consellería del Medio Rural para las inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y convocar las correspondientes al ejercicio presupuestario de 2017.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 21 de diciembre de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para las inversiones en transformación y comercialización de productos agrarios para el período 2014-2020, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y se convocan para el ejercicio presupuestario de 2017.

Cuarto. Importe

Para la concesión de las ayudas convocadas se destinará un crédito máximo total de 27.464.419 € de los presupuestos de 2017, 2018 y 2019. Este importe se podrá incrementar en los supuestos previstos en el artículo 31.2 de la Ley 9/2007, de 13 de julio, de subvenciones de Galicia.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes para esta convocatoria será de un mes contado a partir del día siguiente al de publicación de esta orden.

Santiago de Compostela, 22 de diciembre de 2016

Belén Mª do Campo Piñeiro
Directora general de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias