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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 239 Viernes, 16 de diciembre de 2016 Pág. 54906

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO de notificación de sentencia (DOI 327/2016).

Yo, Marta Yanguas del Valle, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de despido objetivo individual 327/2016 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de María Teresa Íñiguez Blanco contra Paynaf Textil y Moda, S.L., Mercedes Estrada Ferreiro, Pablo Ramil Rivera, Marta Ramil Estrada sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Juez: Javier López Cotelo

Procedimiento: despido 327/2016

Demandante: María Teresa Íñiguez Blanco

Letrado: Sr. Lorente Blanco

Demandadas:

– Paynaf Textil y Moda, S.L.

– Estilo, S.L. Paymer

– Pablo Ramil Rivera

– Marta Ramil Estrada

– Mercedes Estrada Ferreiro

Letrado: Sr. Mira Sierra

– Francisco Sáchez Furelos

Letrado:

Fogasa

Sr. Crespi Rodríguez

Fallo:

1º. Estimo la demanda sobre despido formulada por María Teresa Íñiguez Blanco frente a la empresa Paynaf Textil y Moda, S.L. y Francisco Sánchez Furelos y, en consecuencia, declaro la improcedencia del despido y condeno solidariamente a las demandadas a que readmitan inmediatamente al trabajador en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido, o bien, a elección de las empresas, a la extinción de la relación laboral con abono de la indemnización detallada en el número segundo de este fallo. Todo ello con abono, en el caso de opción por la readmisión, de los salarios de tramitación que no haya percibido hasta la notificación de la presente sentencia.

Dicha opción deberá ejercitarse en 5 días a partir de la notificación de esta sentencia, mediante escrito o comparecencia ante este juzgado. Transcurrido dicho término sin que se hubiese optado, se entenderá que procede la readmisión.

2º. La indemnización y los salarios de tramitación a abonar por la empresa demandada, según lo dispuesto en el número anterior, son los siguientes:

– En concepto de indemnización, y de optar la empresa por ella, la cantidad de 41.938,71 euros.

– En concepto de salarios de trámite, para el caso de opción por la readmisión, los dejados de percibir desde la fecha del despido y hasta la notificación de la presente sentencia, calculados a razón de 44,68 euros/día.

3º. Condeno a Paynaf Textil y Moda, S.L. y Francisco Sánchez Furelos a pagar solidariamente al trabajador demandante la suma de 670,16 euros en concepto de plazo de preaviso no concedido.

4º. Desestimo la demanda sobre despido formulada por María Teresa Íñiguez Blanco frente a la empresa Paymer Estilo, S.L., Pablo Ramil Rivera, Mercedes Estrada Ferreiro, Marta Ramil Estrada y, en consecuencia, les absuelvo de todo pedimento dirigido frente a ellas.

5º. El Fogasa deberá pasar por lo resuelto en esta resolución.

Inscríbase la presente resolución en el libro de sentencias dejando testimonio de la misma en el presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiéndoles que contra ella se podrá interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución por comparecencia o mediante escrito, pasados los cuales se declarará firme y se procederá a su archivo.

Así lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Paynaf Textil Moda S.L. y Francisco Sanchez Furelos, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 16 de noviembre de 2016

La letrada de la Administración de justicia