Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 236 Martes, 13 de diciembre de 2016 Pág. 54415

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Hacienda

RESOLUCIÓN de 5 de diciembre de 2016, de la Secretaría General Técnica y del Patrimonio de la Consellería de Hacienda, por la que se somete a información pública el proyecto de orden por la que se modifica la Orden de 28 de diciembre de 2015 por la que se regulan los medios de comprobación del valor de los bienes inmuebles a utilizar, de los previstos en el artículo 57 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, en el ámbito de los impuestos sobre sucesiones y donaciones y sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, así como la normativa técnica general.

En el ámbito de los ingresos tributarios de las comunidades autónomas, los impuestos cedidos representan una parte importante, no sólo por la recaudación que aportan sino también por el número de los contribuyentes a los que afectan. En estos impuestos cedidos, los que reúnen principalmente las características anteriormente señaladas son los impuestos sobre sucesiones y donaciones y sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.

Estos impuestos se caracterizan por ser su base imponible el valor real del bien que se transmite, lo que supone la existencia de un concepto jurídico indeterminado que la Administración tributaria tiene el deber de determinar en cada caso. Para hacer esta labor, el artículo 57 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria (LGT), faculta a la Administración tributaria para aplicar los métodos de comprobación allí señalados y regula en su parte aplicativa el procedimiento de comprobación de valores como mecanismo para su fijación.

La Orden de 28 de diciembre de 2015 regula los medios de comprobación del valor de los bienes inmuebles a utilizar, de los previstos en el artículo 57 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, así como la normativa técnica general aplicable. En dicha normativa técnica se detallan pormenorizadamente los medios de valoración utilizados por la Administración tributaria de esta comunidad autónoma, medios que buscan determinar el valor real de los bienes objeto de la adquisición, teniendo en cuenta para ello todos aquellos factores que puedan influir en dicho valor.

En este sentido se modifica la Orden de 28 de diciembre de 2015 en la parte referente al método de valoración por comparación hipotética, con la finalidad de dotar de un mayor rigor y exactitud, en la línea con la última jurisprudencia, las correlaciones de los valores de bienes a los efectos de homogeneizar las muestras consideradas como comparables, introduciendo dos nuevos coeficientes que contemplan, respectivamente, el tipo constructivo del edificio según las calidades de los distintos estándares y el estado de conservación del inmueble debida a una posible deficiencia de mantenimiento básico.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42.3 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, cuando el contenido y la repercusión de la disposición lo aconsejen, será sometida a información pública. En este caso el plazo para presentar alegaciones será de siete días hábiles, tal y como prevé el apartado 5 del citado artículo cuando razones debidamente motivadas así lo justifiquen. En efecto, debido a la necesidad de analizar un mercado inmobiliario muy volátil e inestable, y con la intención de que queden reflejadas las tendencias más recientes en la evolución de los valores, se hace aconsejable técnicamente disponer de los datos del mercado más cercanos al ejercicio 2017, de manera que el análisis que contiene se aproxime lo máximo posible a la fecha de su entrada en vigor, prevista para el próximo 1 de enero. No fue posible, por lo tanto, comenzar antes la tramitación del proyecto de orden.

En su virtud,

RESUELVO:

Someter a información pública, por un plazo de siete días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de esta resolución, el Proyecto de orden por la que se modifica la Orden de 28 de diciembre de 2015 por la que se regulan los medios de comprobación del valor de los bienes inmuebles a utilizar, de los previstos en el artículo 57 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, en el ámbito de los impuestos sobre sucesiones y donaciones y sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, así como la normativa técnica general.

El proyecto de orden se podrá consultar en el portal de transparencia y gobierno abierto, en la página web de la Xunta de Galicia: http://transparencia.xunta.gal/tema/informacion-de-relevancia-xuridica/normativa-en-tramitacion/en-plazo-de-envio-de-suxestions

Las posibles alegaciones se presentarán durante el plazo señalado a través del citado portal de transparencia y gobierno abierto.

Santiago de Compostela, 5 de diciembre de 2016

María del Socorro Martín Hierro
Secretaria general técnica y del Patrimonio de la Consellería de Hacienda