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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 231 Viernes, 2 de diciembre de 2016 Pág. 53600

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Santiago de Compostela

ANUNCIO de información pública de la modificación puntual del Plan especial de protección y rehabilitación de la ciudad histórica (PE-1) para limitar los alojamientos de carácter temporal en su tejido residencial.

La Junta de Gobierno Local de la Ciudad de Santiago, en la sesión ordinaria celebrada el día 25 de noviembre de 2016, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

a) Aprobar inicialmente la modificación puntual del Plan especial de protección y rehabilitación de la ciudad histórica (PE-1) para limitar los alojamientos de carácter temporal en su tejido residencial, redactada por los servicios técnicos municipales en noviembre de 2016.

b) Someter el expediente a información pública durante el plazo de dos meses, mediante anuncio que al efecto se publicará en el Diario Oficial de Galicia y en uno de los periódicos de mayor difusión en la provincia. Simultáneamente, se practicará notificación individual a todas las personas titulares catastrales de los terrenos afectados.

c) Durante el trámite de información pública, se solicitará el informe del director general del Patrimonio Cultural, en cumplimiento de lo exigido por el artículo 34.2 de la Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia.

d) El acuerdo de aprobación inicial determina automáticamente, por aplicación de lo que dispone el artículo 47.2 de la LSG, la suspensión del procedimiento de otorgamiento de licencias para la autorización de nuevos establecimientos hoteleros, alojamientos y viviendas turísticas, y actividades de residencial comunitario (no universitario) en el ámbito territorial de aplicación de las siguientes ordenanzas del Plan especial de protección y rehabilitación de la ciudad histórica (PE-1):

– Ordenanza de recinto intramuros (RI).

– Ordenanza de áreas urbanas históricas inmediatas (AU).

– Ordenanza de lineales históricos periféricos (LH).

– Ordenanza de ordenación de manzanas (R).

– Ordenanza de tejidos históricos renovados por el planeamiento anterior (THR).

– Ordenanza de las implantaciones y reformas del planeamiento anterior (IR).

La suspensión tendrá la duración máxima de dos años, contados a partir del día siguiente al de la publicación del acuerdo de aprobación inicial, y se extinguirá con la aprobación definitiva del planeamiento.

Lo que se publica a fin de que, durante el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, los interesados puedan consultar el expediente en el Servicio de Planeamiento y Gestión y formular las alegaciones que juzguen oportunas. En la página web del Ayuntamiento www.santiagodecompostela.gal, se podrá consultar la documentación sometida a información pública.

Santiago de Compostela, 25 de noviembre de 2016

El alcalde
P.D. (DEC/3997/2015, de 16 de junio)
Jorge Duarte Vázquez
Concejal delegado de Espacios Ciudadanos, Derecho a la Vivienda y Movilidad