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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 218 Martes, 15 de noviembre de 2016 Pág. 51166

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 1 de Pontevedra

EDICTO (732/2014).

Yo, Gema Antolín Pérez, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Pontevedra, por el presente edicto anuncio que en el procedimiento seguido a instancia de Luxe Perfil, S.L., frente a Persianas Reysel, S.L. en fecha 6 de abril de 2015, se ha dictado la sentencia 51/2015, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«Sentencia 51/2015.

Pontevedra, 6 de abril de 2015

María Ángeles González de los Santos, magistrada jueza titular del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Pontevedra, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal número 732/2014, seguidos a instancia de Luxe Perfil, S.L., representada por la procuradora Patricia Conde Abuín y defendida por el letrado José Luis Navarro de León, contra Persianas Reysel, S.L., en situación procesal de rebeldía, ha dictado, en nombre del rey, la siguiente sentencia:

Fallo:

Que debo estimar parcialmente la demanda presentada por la procuradora Patricia Conde Abuín, en nombre y representación de Luxe Perfil, S.L. contra Persianas Reysel, S.L., en situación procesal de rebeldía y, en consecuencia, debo condenar a la parte demandada a pagar a la demandante la cantidad de 4.296,14 euros, más el interés legal desde la fecha del emplazamiento.

Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Notifíquese esta sentencia a las partes y hágaseles saber que no es firme y que contra ella pueden interponer recurso de apelación, que se formalizará por escrito ante este juzgado dentro del plazo de los veinte días siguientes al de su notificación, previo depósito de la cantidad de 50 euros en la cuenta de consignaciones y depósitos de este juzgado.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y encontrándose la demandada Persianas Reysel, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente edicto a fin de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, para que sirva de notificación en forma a la demandada Persianas Reysel, S.L.

Pontevedra, 6 de septiembre de 2016

La letrada de la Administración de justicia