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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 217 Lunes, 14 de noviembre de 2016 Pág. 50196

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO de notificación de sentencia (SSS 586/2015).

Marta Yanguas del Valle, letrada de la Administración de justicia de refuerzo del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento sobre seguridad social 586/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Maz, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social contra Mutua Fraternidad Muprespa, Ingatrans, S.L., Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), Óscar Javier Iglesias Doforno, Servicio Gallego de Salud (Sergas), Lomar Express, S.L., Tesorería General de la Seguridad Social sobre Seguridad Social, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia: 451/2016.

Juez: Javier López Cotelo.

Procedimiento: seguridad social-contingencia 586/2015.

Demandante: MAZ Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.

Letrado: Sra. Tombilla Manzanedo.

Demandados:

– Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Letrada: Sra. Suárez Berea.

– Mutua Fraternidad Muprespa.

Letrada: Sra. Ojea Castro.

– Óscar Javier Iglesias Doforno.

Letrado: Sr. Novo Prego.

– Servicio Gallego de Salud (Sergas), Lomar Express, S.L. y Ingatrans, S.L.: no comparecen.

Sentencia 451/2016.

A Coruña, 11 de octubre de 2016.

Fallo:

– Desestimo la demanda sobre determinación de contingencia interpuesta por la Mutua Maz de Accidentes de Trabajo y enfermedades Profesionales frente al INSS, Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), Fraternidad Muprespa, Óscar Javier Iglesias Doforno, Ingatrans, S.L., Lomar Express, S.L. y Servicio Gallego de Salud, confirmando que la contingencia, en relación al proceso de incapacidad temporal señalado en los hechos probados de la presente resolución (iniciada el 26.9.2014), que ha de ser la de accidente de trabajo.

Inscríbase la presente resolución en el libro de sentencias dejando testimonio de ella en el presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiéndoles que contra ella se podrá interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución por comparecencia o mediante escrito, pasados los cuales se declarará firme y se procederá a su archivo.

Así lo pronuncio, mando y firmo, Javier López Cotelo, juez social de refuerzo de A Coruña.

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por la magistrada juez que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Ingatrans, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 13 de octubre de 2016

La letrada de la Administración de justicia