Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 206 Viernes, 28 de octubre de 2016 Pág. 48208

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ORDEN de 20 de octubre de 2016 por la que se modifica la Orden de 11 de agosto de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la acreditación, estructuración y mejora de centros de investigación singulares y agrupaciones estratégicas consolidadas del Sistema universitario de Galicia, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder), en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria para el ejercicio 2016.

Mediante la Orden de 11 de agosto de 2016 (Diario Oficial de Galicia número 164, de 31 de agosto), la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria convocó las ayudas para la acreditación, estructuración y mejora de centros de investigación singulares y agrupaciones estratégicas consolidadas del Sistema universitario de Galicia.

El artículo 5 de dicha orden detalla la duración de las ayudas y el importe máximo según sean centros singulares de investigación o agrupaciones estratégicas. Sin embargo, no se establece una cuantía mínima definida para cada categoría. La cuantía mínima resulta relevante con el objeto de garantizar una financiación basal suficiente para las propuestas que obtengan financiación.

Asimismo, el artículo 20.2 establece que para la justificación de las ayudas concedidas será necesario que las universidades beneficiarias expidan, con fecha límite de 30 de noviembre, la documentación que se señala en ese apartado. Teniendo en cuenta que el plazo de presentación de solicitudes finalizó el 30 de septiembre de 2016 y la dificultad técnica de evaluación de las solicitudes, procede modificar dicho artículo 20.2 y ampliar el plazo hasta una fecha que permita la mejor justificación del gasto en el año 2016.

Esta modificación no implica la apertura de un nuevo período de presentación de solicitudes, puesto que ya se presentaron todas las posibles candidaturas que reunían los requisitos establecidos en la convocatoria.

En consecuencia, y en el uso de las atribuciones que me fueron conferidas,

DISPONGO:

Artículo único.

Modificación de los artículos 5 y 20 de la Orden de 11 de agosto de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la acreditación, estructuración y mejora de centros de investigación singulares y agrupaciones estratégicas consolidadas del Sistema universitario de Galicia, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder), en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria para el ejercicio 2016, que quedan redactados como sigue:

El artículo 5 queda redactado de la siguiente manera:

«Las ayudas serán de aplicación por un período de 4 anualidades según la siguiente distribución:

Modalidad A. Centros singulares de investigación: aquellas solicitudes que alcancen en la fase de evaluación esta condición tendrán una ayuda que será de un mínimo de 200.000 € y un máximo de 400.000 € en la primera anualidad. En la segunda, tercera y cuarta anualidad, la cuantía máxima que podrán percibir será de 800.000 € y la mínima de 500.000 €.

Modalidad B. Agrupaciones estratégicas consolidadas: aquellas solicitudes que alcancen en la fase de evaluación esta condición, siempre que obtengan la puntuación mínima establecida en el artículo 13 de la convocatoria, tendrán una ayuda que será de un mínimo de 125.000 € y un máximo de 200.000 € en la primera anualidad. En la segunda, tercera y cuarta anualidad, la cuantía máxima que podrán percibir será de 400.000 € y la mínima de 250.000 €, para cada una de las agrupaciones que se concedan con cargo a estas ayudas».

En el artículo 20.2 se añade un nuevo párrafo a continuación del segundo, que queda redactado de la siguiente manera:

«En el año 2016 la fecha límite para presentar la justificación será el 15 de diciembre de 2016».

Disposición final única. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 20 de octubre de 2016

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria