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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 206 Viernes, 28 de octubre de 2016 Pág. 48196

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

RESOLUCIÓN de 24 de octubre de 2016, de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, por la que se fijan las normas de los sorteos y de la venta de permisos de pesca en cotos para la temporada 2017.

Según lo dispuesto en el artículo 34 del Decreto 130/1997, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales, los sorteos de permisos de pesca en cotos se realizarán en los servicios provinciales de Conservación de la Naturaleza, según la normativa que fije la Dirección General de Conservación de la Naturaleza para cada temporada, después de la adjudicación de los cupos diarios para concursos deportivos oficiales y del sorteo de cupos diarios para entidades colaboradoras.

Los permisos sobrantes de los procedimientos anteriores se pondrán a disposición de las personas interesadas en centros de venta habilitados al efecto por los servicios provinciales de Conservación de la Naturaleza. Para atender la demanda prevista, también se facilitará la adquisión de permisos a través de la página web https://www.xunta.es:444/pescafluvial/, que funcionará como centro de venta habilitado al efecto.

De conformidad con lo anterior, las normas de los sorteos de permisos de pesca en cotos para la temporada 2017 serán las siguientes:

1. Número de sorteos.

En cada servicio provincial de Conservación de la Naturaleza se realizarán dos sorteos:

– Sorteo de salmón: incluirá los permisos de cotos de salmón, incluso los de pesca sin muerte en cotos de salmón.

– Sorteo de trucha: incluirá los permisos de trucha, de reo, de pesca intensiva y aquellos de pesca sin muerte no incluidos en el sorteo anterior.

2. Calendario.

Inicio del período de presentación de solicitudes: al día siguiente de la publicación de esta resolución en el DOG, a las 9.00 horas.

Límite de presentación de solicitudes: 28 de noviembre de 2016, a las 14.00 horas.

Publicación de las listas de admitidos: 16 de diciembre de 2016.

Período de reclamaciones: del 19 al 23 de diciembre de 2016.

Fecha de sorteo: 10 de enero de 2017, a las 12.00 horas.

Los resultados de los sorteos, el listado de participantes con el orden resultante, la fecha y hora de elección de cada participante y demás normas aplicables se publicarán únicamente en la página web https://www.xunta.es:444/pescafluvial/. El acceso a la aplicación requerirá el número de DNI y el de la licencia de pesca.

3. Solicitudes.

Para cada sorteo se podrán presentar solicitudes individuales o en grupo, con un máximo de tres solicitantes por grupo. Las solicitudes se presentarán mediante los modelos normalizados de los anexos de esta resolución, disponibles también en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Las solicitudes en grupo podrán ser formuladas por medio de persona representante legalmente habilitada y, en su defecto, por quien figure en primer término. En este supuesto, la presentación de la solicitud deberá incluir el modelo normalizado del anexo II de esta resolución.

A la solicitud se le adjuntará una copia del DNI de cada una de las personas solicitantes, excepto en el caso de que se autorice la consulta de los datos de identidad en los términos que se señalan en los modelos de los anexos I y II.

Cada participante sólo podrá figurar en una solicitud para cada uno de los sorteos.

4. Consentimientos y autorizaciones.

La tramitación del procedimiento requiere la incorporación de datos en poder de las administraciones públicas. Por lo tanto, los modelos de solicitud incluyen autorizaciones expresas al órgano gestor para realizar las comprobaciones oportunas que acrediten la veracidad de los datos. En el caso de que no se autorice al órgano gestor para realizar esta operación, se deberán adjuntar los documentos comprobantes de los datos.

5. Presentación de las solicitudes.

Las solicitudes deberán presentarse preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.es), de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en el Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes. Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.es/chave365).

Opcionalmente, también se podrán presentar las solicitudes en soporte papel en los registros de las jefaturas territoriales de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio o en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

En el caso de que un mismo DNI conste en varias solicitudes, se anularán las más antiguas, prevaleciendo siempre la última fecha de registro de entrada, telemática o presencial. En el caso de solicitudes en grupo, las anulaciones afectarán únicamente a aquellos DNI repetidos. No se considerarán duplicidades cuando las solicitudes presentadas tengan por objeto diferentes sorteos.

6. Consulta de la admisión de solicitudes y reclamaciones.

Durante el período de reclamaciones, las solicitudes admitidas podrán ser consultadas en la página web https://www.xunta.es:444/pescafluvial/.

En lo que respecta a posibles reclamaciones, la sede electrónica de la Xunta de Galicia tiene a disposición de las personas interesadas una serie de modelos normalizados de los trámites más comúnmente utilizados en la tramitación administrativa, que podrán ser presentados electrónicamente accediendo a la carpeta del ciudadano de la persona interesada o presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

7. Realización de los sorteos.

Para cada sorteo, las solicitudes se numerarán correlativamente, comenzando por el 1, según el orden de entrada de la solicitud.

Los sorteos serán públicos. Cada sorteo se realizará con tres o cuatro bombos, según sea preciso por el número de solicitudes presentadas, correspondiendo cada uno de ellos a las unidades, decenas, centenas y unidades de millar. En cada bombo se introducirán diez números, del 0 al 9, excepto en el que corresponda a las unidades de millar, en el que únicamente se introducirán los números necesarios para cubrir los miles de solicitudes presentadas. Se sacará un número completo formado por tres o cuatro bolas, según proceda. En el caso de que el número constituido por las bolas exceda el que corresponda a la última solicitud presentada, se procederá a sortear de nuevo, devolviendo las bolas a los correspondientes bombos y repitiendo la operación.

La solicitud que se corresponda con el número extraído será la primera en elegir y se continuará la elección por orden correlativo hasta finalizar la lista y seguir a partir del 1.

Los sorteos tendrán lugar en los servicios provinciales de Conservación de la Naturaleza en la fecha y hora antes indicadas.

8. Resultados de los sorteos.

Los resultados de los sorteos podrán consultarse en la página web:

https://www.xunta.es:444/pescafluvial/

Cada solicitante podrá consultar en la citada página el día y el rango horario en el que podrá seleccionar permisos.

9. Notificaciones.

9.1. Se notificarán a las personas interesadas las resoluciones y actos administrativos que afecten a sus derechos e intereses, en los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en el Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes.

9.2. Las notificaciones electrónicas sólo podrán practicarse cuando así lo manifieste expresamente la persona destinataria.

9.3. Las notificaciones electrónicas se realizarán mediante la plataforma de notificación electrónica disponible a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.es). De acuerdo con el artículo 25 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes, el sistema de notificación permitirá acreditar la fecha y hora en la que se produzca la puesta a disposición de la persona interesada del acto objeto de notificación, así como la de acceso a su contenido, momento a partir del cual la notificación se entenderá practicada a todos los efectos legales. Sin perjuicio de lo anterior, la Administración general y del sector público autonómico de Galicia podrá remitir a las personas interesadas avisos de la puesta a disposición de las notificaciones, mediante correo electrónico dirigido a las cuentas de correo que consten en las solicitudes a efectos de notificación. Estos avisos no tendrán, en ningún caso, efectos de notificación practicada.

9.4. Si transcurren diez días naturales desde la puesta a disposición de una notificación electrónica sin que se haya accedido a su contenido, se entenderá que la notificación ha sido rechazada y se tendrá por efectuado el trámite, siguiéndose el procedimiento, salvo que de oficio o a instancia de la persona destinataria se compruebe la imposibilidad técnica o material del acceso.

9.5. Si la notificación electrónica no fuera posible por problemas técnicos, la Administración general y del sector público autonómico de Galicia practicará la notificación por los medios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

10. Elección de permisos.

Para la elección de permisos de trucha y reo, los servicios provinciales de Conservación de la Naturaleza establecerán grupos de permisos de pesca. Para los permisos de salmón habrá un solo grupo en cada provincia. La lista de los grupos será publicada en la página web https://www.xunta.es:444/pescafluvial/.

A la hora de escoger, cada solicitante sólo podrá seleccionar dos permisos de cada grupo, de los cuales sólo uno podrá corresponder a un sábado, domingo o festivo. En los sorteos de salmón sólo se podrá escoger un permiso.

En la página web https://www.xunta.es:444/pescafluvial/ podrá consultarse en tiempo real el número de permisos disponibles en cada coto y para cada jornada de pesca.

La elección podrá realizarse por cualquiera de los siguientes medios:

10.1. Directamente en la página web https://www.xunta.es:444/pescafluvial/ en la fecha y rango horario resultantes de los sorteos, introduciendo previamente el número de DNI y el de la licencia de pesca.

La persona usuaria podrá realizar comprobaciones y reservas previas antes de su turno, e incluso grabar los datos de la reserva, pero sólo se podrá confirmar una reserva previa dentro de la fecha y el rango horario asignados a la persona solicitante, existiendo la posibilidad de cambiar los permisos que ya no estén disponibles.

Finalizado el rango horario sin haberse producido la elección, la persona usuaria no tendrá disponible el servicio web durante los rangos horarios asignados a otras personas participantes. Completados los turnos de elección del día, y hasta las 8.00 horas del día siguiente, cualquier persona que no haya escogido en su turno podrá escoger de entre los permisos disponibles en cada momento hasta la finalización del período de elección de la primera venta, que se indicará en la notificación del sorteo.

10.2. Mediante llamada telefónica al número que se indique en la notificación, en la cual también se señalarán la fecha y rango horario en el que deberá realizarse esta llamada.

Una vez confirmada una reserva por cualquiera de los medios previstos, no podrá modificarse por la persona solicitante.

11. Segunda venta de permisos.

Una vez finalizada la elección, los permisos sobrantes y aquellos no retirados en los plazos fijados serán incluidos en un segundo proceso de elección. Este procedimiento será únicamente a través de la página web https://www.xunta.es:444/pescafluvial/, con los mismos requisitos de acceso que anteriormente. El servicio de reserva por internet estará disponible ininterrumpidamente para todas las personas participantes en el sorteo a partir de la fecha y hora de inicio.

Tres días antes del comienzo de la elección se publicará en la página web indicada el total de los permisos disponibles para esta segunda elección.

Las normas, en cuanto a los grupos de cotos y al número de permisos por grupo, serán las mismas que en la primera elección.

12. Venta libre.

Los permisos sobrantes no escogidos y aquellos no retirados en los plazos fijados serán puestos a la venta en los centros de venta habilitados al efecto por los servicios provinciales de Conservación de la Naturaleza, regulados en el artículo 35 del Decreto 130/1997, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales. Para atender la demanda prevista, también se facilitará la adquisión de permisos a través de la página web https://www.xunta.es:444/pescafluvial/, que funcionará como centro de venta habilitado al efecto. Para la venta a través de internet se reservará como mínimo el 50 % de los permisos sobrantes en cada coto y para cada jornada de pesca.

En la venta libre sólo se podrá adquirir un permiso diario.

13. Expedición de permisos.

En el plazo de 5 días naturales, contados desde la fecha de la elección, los permisos seleccionados deberán ser pagados en una entidad bancaria o telemáticamente.

Se podrá efectuar el pago telemáticamente mediante tarjeta de crédito en la página web, mediante el documento de ingreso telemático presencial (modelo 739) en una oficina bancaria o por cualquier otra de las modalidades disponibles en los servicios web de la Consellería de Hacienda.

El permiso se emitirá y podrá imprimirse en la aplicación informática desde el momento en el que se introduzca en la reserva previa el código N.R.C. justificativo de haber realizado el pago.

Cada participante podrá acceder a todos sus permisos en formato descargable e imprimible a través de la página web https://www.xunta.es:444/pescafluvial/.

Para el pago mediante impreso de liquidación en las oficinas bancarias autorizadas, en cada servicio provincial de Conservación de la Naturaleza se facilitarán los modelos necesarios. También se podrá conseguir en la página web http://www.conselleriadefacenda.es el formulario «Modelo L. Prezos Públicos/Privados da Comunidade Autónoma de Galicia. Liquidación». Los impresos también podrán confeccionarse siguiendo las instrucciones que figuran en la página web https://www.xunta.es:444/pescafluvial/.

Según lo establecido en el artículo 7.3 del Decreto 130/1997, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales, los permisos de pesca tienen carácter personal e intransferible; cada titular de permisos debe realizar el pago individualmente, incluso en los casos de solicitudes en grupo.

En los casos en los que no se retiren los permisos personal ni telemáticamente, el pago deberá acreditarse, dentro del mismo plazo de 5 días naturales establecido en el párrafo primero de este apartado 13, remitiendo por fax al servicio provincial la copia para la Administración del impreso de liquidación debidamente formalizado. También será posible hacerlo mediante correo electrónico escaneando la copia citada del impreso de liquidación y remitiéndola al correo electrónico, que se indicará en la notificación del resultado del sorteo. En estos casos, los permisos serán remitidos por correo a la dirección que conste en la solicitud.

14. Renuncia a permisos reservados.

Los permisos reservados que no sean pagados en los plazos antes señalados serán incluidos en la siguiente ronda de selección.

Las personas que renuncien a permisos reservados por no haber realizado el pago tendrán bloqueados nuevos accesos a la aplicación informática de venta de permisos durante el resto de la temporada de pesca, excepto circunstancias de fuerza mayor documentalmente acreditadas.

15. Otras normas.

La normativa de funcionamiento de los cotos será la que establezca la orden anual que regulará los períodos hábiles de pesca y normas relacionadas con ella en las aguas continentales de la Comunidad Autónoma de Galicia durante la temporada de 2017. En todo caso, el uso de los permisos de pesca otorgados por parte de las personas usuarias estará condicionado al cumplimiento de la citada disposición normativa.

Una vez expedido un permiso, no se podrá anular ni transferir a otra persona, ni obtener el reintegro de su importe. En todo caso, cuando proceda el reintegro del importe, será preciso presentar una solicitud escrita a la que se adjuntará una copia del impreso de pago en el que figuren los datos del titular del permiso.

16. Datos de carácter personal.

De conformidad con la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, los datos personales recogidos en la tramitación de este procedimeinto cuyo tratamiento y publicación autoricen las personas interesadas mediante la presentación de las solicitudes serán incluidos en un fichero denominado «Relaciones informativas con la ciudadanía y entidades» con el objeto de gestionar el presente procedimiento, así como para informar a las personas interesadas sobre su desarrollo. El órgano responsable de este fichero es la Secretaría General Técnica de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición se podrán ejercer ante la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, mediante el envío de una comunicación a la siguiente dirección: Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio/Secretaría General Técnica, Edificio Administrativo San Lázaro, s/n, 15781 Santiago de Compostela (A Coruña), o a través de un correo electrónico a sxt.mot@xunta.gal.

Santiago de Compostela, 24 de octubre de 2016

Ana María Díaz López
Directora general de Conservación de la Naturaleza

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