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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 205 Jueves, 27 de octubre de 2016 Pág. 48090

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 2 de Pontevedra

EDICTO (239/2012).

Yo, Patricia Raposo Fernández, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Pontevedra, por medio del presente edicto anuncio que en el procedimiento seguido a instancia de Ignacio Lago Martínez frente a la herencia yacente de José Luis Sio Doural se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

«Sentencia 151/2016.

Pontevedra, 6 de septiembre de 2016

Vistos por Ignacio de Frías Conde, magistrado juez del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Pontevedra los presentes autos de juicio ordinario seguidos en este juzgado con el número 239/2012 a instancia de Ignacio Lago Martínez, representado por la procuradora Sra. Sanjuán Fernández y asistido por el letrado Sr. Arias Santos, frente a la herencia yacente de José Sio Doural, en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

Fallo:

Que estimo la demanda interpuesta por la procuradora Sra. Sanjuán Fernández en nombre y representación de Ignacio Lago Martínez contra la herencia yacente de José Luis Sio Doural; y condeno a la herencia yacente de José Luis Sio Doural a que abone a Ignacio Lago Martínez la cantidad de 180.303,64 euros, más los intereses de esta suma al 12 % de la siguiente forma la mitad de 90.151,82 euros desde el 8 de marzo de 2006, y la otra mitad de 90.151,82 euros desde el 8 de marzo de 2007, en ambos os dous casos hasta su pago completo.

Las costas procesales se imponen a la herencia yacente de José Luis Sio Doural.

Notifíquese la presente resolución a las partes, previniéndoles de que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días ante este juzgado.

Comuníquese también esta sentencia a la Xunta de Galicia.

Llévese el original de esta resolución al libro de sentencias de este juzgado, dejando en el procedimiento testimonio bastante».

Así por esta sentencia, lo pronuncio y mando, y encontrándose dicho demandado, herencia yacente de José Luis Sio Doural, en paradero desconocido, se expide el presente edicto a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Pontevedra, 6 de septiembre de 2016

La letrada de la Administración de justicia