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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 195 Jueves, 13 de octubre de 2016 Pág. 46676

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 2 de Vigo

EDICTO (935/2014).

En este órgano judicial se tramita procedimiento ordinario 935/2014, seguido a instancia de Gerardo Carballal Villaverde, Rosa Carballal Villaverde, Alfonso Carballal Villaverde, José Carballal Villaverde, Irene Brocadio Villaverde, contra Alicia Carballal Fernández, Purificación Fernández Rodríguez, Alba Carballal Fernández, Sara Cristina-herederos desconocidos Portela Villaverde, Manuel Carballal Fernández, Gustavo José Pérez Fernández, sobre declaración de herederos abintestato en los que, por resolución de 6.9.2016 se ha acordado de la sentencia de 13.5.2016 que literalmente paso a transcribir a continuación:

«Sentencia

En Vigo a 13 de mayo de 2016.

Vistos por mí, Mª Belén Martínez Pato, magistrada jueza del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Vigo, los autos de juicio ordinario número 935/2014 promovidos por Rosa Carballal Villaverde, Alfonso Carballal Villaverde, Irene Alicia Brocadio Villaverde, José Carballal Villaverde y Gerardo Carballal Villaverde, todos ellos representados por la procuradora de los tribunales Susana Arca Veloso y asistidos por la letrada Emma Alonso Méndez, contra Manuel Carballal Fernández, Alba Carballal Fernández, Alicia Carballal Fernández y Gustavo José Pérez Fernández, representados por la procuradora de los tribunales Marta Barreiro Carrillo y asistidos por la letrada Isabel Pérez Expósito, y contra los herederos desconocidos e inciertos de Sara Cristina Portela Villaverde, herederos desconocidos e inciertos de Bernardino Nicolás Portela Costas, herederos desconocidos e inciertos de Juan José Portela Costas y herederos desconocidos e inciertos de Flora Nicolás Portela Costas, todos ellos en rebeldía procesal, autos de los que resultan los siguientes:

Siguen antecedentes de hecho y fundamentos de derecho.

Fallo que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por Rosa Carballal Villaverde, Alfonso Carballal Villaverde, Irene Alicia Brocadio Villaverde, José Carballal Villaverde y Gerardo Carballal Villaverde, todos ellos representados por la procuradora de los tribunales Susana Arca Veloso, contra Manuel Carballal Fernández, Alba Carballal Fernández, Alicia Carballal Fernández y Gustavo José Pérez Fernández, representados por la procuradora de los tribunales Marta Barreiro Carrillo, y contra los herederos desconocidos e inciertos de Sara Cristina Portela Villaverde, herederos desconocidos e inciertos de Bernardino Nicolás Portela Costas, herederos desconocidos e inciertos de Juan José Portela Costas y herederos desconocidos e inciertos de Flora Nicolás Portela Costas, todos ellos en rebeldía procesal, y, en consecuencia, declaro que son herederos abintestato de Sara Cristina Portela Villaverde los siguientes parientes de cuarto grado, todos los cuales heredarán por partes iguales:

Irene Alicia Brocadio Villaverde.

Manuel Carballal Villaverde.

José Carballal Villaverde.

Rosa Carballal Villaverde.

Alfonso Carballal Villaverde.

Alfredo Carballal Villaverde.

Gerardo Carballal Villaverde.

No se efectúa expresa imposición de costas.

Dedúzcase testimonio literal de esta sentencia, que quedará en estas actuaciones, con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Esta resolución no es firme y frente a ella cabe interponer en el plazo de veinte días recurso de apelación ante este juzgado del que conocerá, en su caso, la Audiencia Provincial de Pontevedra.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Encontrándose los demandados, herederos desconocidos e inciertos de Sara Cristina Portela Villaverde, herederos desconocidos e inciertos de Bernardino Nicolás Portela Costas, herederos desconocidos e inciertos de Juan José Portela Costas y herederos desconocidos e inciertos de Flora Nicolás Portela Costas, todos ellos en rebeldía procesal, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a los mismos.

Vigo, 6 de septiembre de 2016

El/la letrado/a de la Administración de justicia